Así lo estableció el Ministerio de Economía, a través de una resolución publicada hoy en el Boletín Oficial.
"Prorrógase la vigencia de las disposiciones contenidas en los decretos 1402 del 4 de noviembre de 2001 y 1548 del 29 de noviembre de 2001, desde el 1 de enero de 2014 hasta el 31 de diciembre de 2014, ambas fechas inclusive", según el texto oficial.
La resolución, que lleva la firma del ministro de Economía, Axel Kicillof, aclaró que están excluidos de este beneficio "los pagos correspondientes a compras de combustibles líquidos y gas natural.
Economía justificó la prórroga al señalar que "aún continúan vigentes los motivos que oportunamente dieron lugar a la implementación del mecanismo de retribución para las operaciones de compra de bienes muebles o contratación de servicios que los consumidores finales abonen mediante tarjetas de débito".
Además, recordó que a partir del decreto 1387 del 1 de noviembre de 2001, se facultó al Ministerio de Economía a retribuir con parte del IVA hasta el 5 por ciento del monto de las operaciones de compra de bienes muebles o contratación de servicios.
Se trata de compras "que los consumidores finales abonen mediante la utilización de transferencias bancarias cursadas por tarjetas de débito que emitan las entidades habilitadas, así como en efectivo u otro medio de pago, a condición de que éstas se encuentren incluidas en las llamadas tarjetas de información, acumulación de compras u otros sistemas de registro que resulten equivalentes para el Fisco", añadió el Palacio de Hacienda.
La acreditación de la devolución del 5 por ciento del IVA se efectiviza a mes vencido, en los primeros días hábiles de cada mes, en la cuenta bancaria relacionada con la tarjeta de débito utilizada.
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