La Cámara del Crimen declaró extinguida la acción penal para cinco de los imputados por el homicidio del joven ocurrido en 2006

Cinco acusados por el homicidio del joven Matías Bragagnolo fueron sobreseídos por la Cámara del Crimen al declarar prescripta para ellos la causa por los hechos que tuvieron lugar el 9 de abril de 2006.

 Pese a que dos jóvenes y un policía federal están siendo sometidos a juicio oral y público, ahora la Cámara del Crimen declaró prescripta la causa contra cinco acusados del delito de homicidio preterintencional por el cual estaban acusados.

 "Coincidimos con la defensa en cuanto a que la única pena vigente para la conducta atribuida a E.S en este legajo (homicidio preterintencional) es la de prisión de 1 a 3 años y que, en consideración a ello, en el lapso comprendido entre su llamado a indagatoria (10 de abril de 2006) y la formulación de los requerimientos de elevación a juicio a su respecto por la querella y por el Ministerio Público Fiscal (30/3/2012 y 4/4/2012, respectivamente), transcurrió ese término", dijo la Cámara.

 El fallo fue firmado por los jueces María Laura Garrigós de Rebóri y Mirta López González, a raíz de un planteo que hizo la defensa de E.S. Este último es quien estaba acusado de haber arrojado una piedra contra Bragagnolo luego de que éste protagonizara una pelea con un grupo de jóvenes.

 Asimismo, los jueces consideraron que al ser similar la situación procesal de otros cuatro acusados también resolvieron sobreseerlos por prescripción a A.B, M.E.M, G.N.F y A.A.

 "Así, en base a los argumentos expuestos en párrafos anteriores, revocaremos la decisión de la instancia anterior, declararemos extinguida la acción penal en esta causa", resolvió la Cámara.

 "El juicio debería haberse iniciado para todos y las medidas dilatorias de la parte ha llegado a que se genere esta situación, en la que tres están en juicio y el resto no", dijo Jorge Álvarez Berlanda, querellante por la familia del joven Matías Bragagnolo.

 Mientras tanto, el Tribunal Oral de Menores lleva adelante el juicio contra dos de los jóvenes acusados y un policía y en esa instancia se rechazó un planteo similar de prescripción que hizo una de las partes. Los dos jóvenes son juzgados por homicidio preterintencional, y el policía Luis Villegas, este último acusado por el delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público y vejaciones.

 Los dos jóvenes son parte del grupo que se habría trenzado en una pelea con aquel que integraba Matías, y formarían parte de la agresión que recibió este último.

 En tanto, el policía Villegas -según testigos- luego de que Matías Bragagnolo recibiera la agresión, lo habría arrojado contra el piso en forma violenta, y dado un puntapié en sus costillas.

 El hecho ocurrió el 9 de abril del 2006 frente al domicilio de la calle Ortiz de Ocampo 2882, de la Capital Federal, cuando Bragagnolo y sus amigos se "cruzaron con un grupo numeroso de chicos, aproximadamente entre 10 y 12", y "sin mediar motivo alguno, uno de los integrantes del tal grupo le propinó un golpe desde atrás en la zona del cuello, por debajo de la oreja", tal cual consta en la causa.

 Se trató de un confuso episodio en donde incluso la defensa de los acusados intentó desvincularse en base a un informe médico que había concluido que Bragagnolo falleció como consecuencia de haber sufrido una "muerte súbita" por un edema pulmonar.

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