El Ministerio Público Fiscal de la provincia de Neuquén informó que reunió los elementos suficientes para descartar un accidente o desperfecto mecánico en el vehículo que conducía el fallecido Alejandro Báez y en el que iba cautiva su novia, Laura Vásquez. Los detalles en esta nota
Un fiscal de San Martín de los Andes concluyó que un hombre hizo caer intencionalmente la camioneta que conducía al lago Lácar para asesinar a su pareja, pero que al fallecer él también se extinguió la acción penal en su contra, por lo que archivó la causa.  

El Ministerio Público Fiscal de la provincia de Neuquén difundió en su página web  (www.mpfneuquen.gob.ar), que el fiscal de Instrucción Maximiliano Bagnat reunió los elementos suficientes para descartar un accidente o desperfecto mecánico de la Mercedez Benz Sprinter que conducía el fallecido Alejandro Báez (25).

En su escrito, el representante del Ministerio Público dio por probado que la noche del 4 de abril último, Báez privó ilegítimamente de la libertad a su pareja, Laura Vásquez (23), a quien le impidió bajar de la camioneta que conducía hacia el balneario Catritre de San Martín de los Andes.

Para el fiscal, a la altura del kilómetro 2209 de la ruta nacional 40, y en dirección a Villa La Angostura, el joven "manejó sin detenerse ni efectuar maniobra evasiva alguna, sobre la banquina de ripio para precipitarse desde el acantilado de 100 metros de altura aproximadamente, para finalmente caer sobre las aguas del lago Lácar".

Mientras que el cuerpo de Vásquez fue hallado esa misma noche junto a unas rocas cerca de la orilla, el cadáver de Báez fue rescatado cuatro días después a unos 46 metros de profundidad por buzos de la Prefectura Naval Argentina que se valieron de un robot sumergible utilizado habitualmente en la campaña antártica.

Tras un mes de investigación, el instructor judicial descartó la pista del accidente o desperfecto mecánico luego de que los familiares de la mujer declararon que el estado de la camioneta era "óptimo" y se determinó que el velocímetro quedó en 70 kilómetros por hora y que no existían rastros de frenadas o derrape en el lugar.

"Se verificaron rastros de salida de la vía (de la camioneta), perpendicular a la ruta, no observándose derrape, rastro de frenadas o de ninguna otra maniobra brusca ya sea sobre la ruta y/o la banquina. Ya una vez en el declive, propio del precipicio, se aprecian rocas con impronta de roses y un pino quebrado, producto del paso del rodado", precisó el fiscal.

Y agregó: "No abriga dudas este Ministerio Fiscal que Laura Vásquez circulaba a bordo de la camioneta Mercedes Benz de su padre, en contra de su voluntad y que, de alguna manera, Alejandro Báez, quien la conducía, no le permitía descender de la misma".

Sobre esto último, el fiscal valoró "los distintos fragmentos de las filmaciones de las cámaras de seguridad ciudadana ubicadas en la localidad (nueve en total)" que registraron el recorrido del vehículo "desde la rotonda de ingreso el Regimiento hasta la zona costanera en dirección hacia el monumento del General Roca.

De acuerdo a la consideración del funcionario judicial, a Báez le hubiese correspondido ser acusado del delito de "homicidio calificado por el vínculo de pareja (artículo 80, inciso 1 del Código Penal), además de la eventual privación ilegítima de la libertad", pero "la Ley sostiene que no se puede proceder y reprocharle la responsabilidad penal porque falleció en el hecho".

Y se remitió al inciso 4 del artículo 131 de CPP que establece que el fiscal dispondrá del archivo "si no se ha podido individualizar al autor o partícipe o si es manifiesta la imposibilidad de reunir información o no se puede proceder".

Pero, aclara, que "ni la desestimación (de la denuncia) ni el archivo constituyen cosa juzgada y puede reabrirse la investigación si aparece nueva información conducente".

Fuente: Télam

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