Alejo Ramos Padilla, de Dolores y quien integra la agrupación kirchnerista Justicia Legítima, ordenó también a la Corte que se abstenga de tomarles juramento. Dio vista al PE para que argumente.

El juez federal de Dolores Alejo Ramos Padilla hizo lugar a una medida cautelar que suspendió el decreto de nombramiento en comisión de Carlos Rosenkrantz y Horacio Rosatti en la Corte Suprema, firmado la semana pasada por el presidente Mauricio Macri.

El magistrado, quien integra la agrupación kirchnerista Justicia Legítima, ordenó también a la Corte que se abstenga de tomarles juramento, aunque reconoce que en cuanto los candidatos propuestos reciban acuerdo del Senado automáticamente el fallo cesará en sus efectos.

Macri replicó que el decreto es "constitucional" y que en todo caso la última palabra estará a cargo de la Corte Suprema de Justicia, al ser consultado durante una conferencia de prensa que dio para hacer otros anuncios en la Casa de Gobierno.

La decisión consiste en una medida cautelar interina resuelta por Ramos Padilla, quien corrió vista al Poder Ejecutivo para que argumente su decisión: en función de esa respuesta, el juez podría volver a resolver.

"Si el mecanismo de designación de los jueces del máximo tribunal no es válido, si ello no surge del texto ni del espíritu de la Constitución, si con ello se afecta la división de poderes, la independencia de los jueces, la garantía del juez natural, las facultades del Congreso, la participación y control ciudadano, resulta necesario que los mecanismos constitucionales se pongan en funcionamiento cuanto antes para frenar esa ilegalidad que afecta principios básicos sobre los que se asienta la República", sostuvo el juez en su fallo al que accedió NA.

El amparo fue presentado por el ciudadano Mariano José Orbaiceta, presidente de Nuevo Encuentro de Chascomús, con el patrocinio de la abogada Lorena Herrera.

Concretamente, reclamó la nulidad del Decreto número 83/2015 "publicado en el Boletín Oficial el 15 de diciembre pasado, mediante el cual se designó como jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación a los Doctores Carlos Fernando Rosenkrantz y Horacio Daniel Rosatti en los términos del artículo 99 inciso 19 de la Constitución Nacional". Para el juez, existe "gravedad institucional" en el caso y la "urgencia" está dada en que para comenzar a trabajar los jueces solo necesitan que les tome juramento la Corte, algo que sin embargo se produciría recién en febrero tras la feria judicial.

En ese sentido, Ramos Padilla se refirió a lo trascendido oficialmente luego de la reunión entre Macri y el presidente de la Corte, Ricardo Lorenzetti, respecto del momento en que se tomará juramento a los nuevos jueces supremos, antes de que los pliegos sean avalados en el Senado. El magistrado de Dolores citó precedentes de la propia Corte cuando declaró inválidos los conjueces designados por el Poder Ejecutivo para cubrir eventuales bacantes en la Corte Suprema de Justicia.

"El más alto tribunal recordó que para consolidar la independencia del Poder Judicial de la Nación y reforzar el equilibrio político que debe primar en la integración de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, incluso los conjueces designados para integrarla de manera excepcional y en caso de vacancia, debían contar con el acuerdo y con las mayorías agravadas que requiere la Constitución", recalcó.

Además, advirtió que de no impedir la designación se "estaría afectando" la división de poderes, el sistema republicano, los equilibrios que establece la Constitución Nacional y "se consolidaría un sistema en el que primarían los posibles favoritismos presidenciales sin ninguna clase de control u objeción posible".

"Tampoco resulta válido acudir y equiparar la situación actual con precedentes de hace más de tres décadas utilizados para designar lo que la Constitución Nacional denomina "jueces inferiores", sostuvo el juez, a la par que recordó que los principales juristas del país se han opuesto a la medida adoptada por el presidente Macri.

En tanto, aclaró que "a través de estas designaciones se han lesionado derechos y garantías constitucionales, la división de poderes, la independencia judicial y la seguridad jurídica, y adelantan que todas las decisiones que podría tomar el más alto tribunal de la Nación estarían viciadas de nulidad absoluta".

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