Según indicó la Fundación Favaloro, donde se trata la vecina, "la única posibilidad de asegurar su alimentación y sobrevida era un tratamiento por vía endovenosa, incorporando sustancias nutritivas a través de una bomba de infusión volumétrica que demanda energía eléctrica".
El fiscal a cargo de la Fiscalía Federal N° 1 de Lomas de Zamora, Leonel Gómez Barbella, solicitó al Juzgado en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo Federal N° 3 de la jurisdicción que ordene a Edesur brindar un "servicio especial" a una mujer con electrodependencia a quien le habían negado ser parte del registro de usuarios que demandan una prestación particular por cuestiones de salud.

El representante del Ministerio Público también pidió que se desestime un amparo interpuesto por la empresa prestadora al destacar que "el derecho a la salud en las relaciones de consumo se encuentra tutelado a nivel federal y también provincial", informaron desde el Ministerio Público Fiscal.

La causa se originó en marzo de este año, cuando la mujer promovió una acción de amparo contra la concesionaria para reclamar "una eficiente, continua e ininterrumpida prestación eléctrica y la entrega de un equipo generador a fin de lograr su sobrevida". En 2014, había sufrido de cáncer de colon y debió ser intervenida quirúrgicamente. Superó la enfermedad al año siguiente y se le reconectó el intestino, pero a los pocos días sufrió una serie de complicaciones que derivaron en un tratamiento que le dejó como secuelas la imposibilidad de llevar a cabo un proceso digestivo completo y dejar que su cuerpo se nutra.

Atendida en la Fundación Favaloro, le señalaron que "la única posibilidad de asegurar su alimentación y sobrevida era un tratamiento por vía endovenosa, incorporando sustancias nutritivas a través de una bomba de infusión volumétrica que demanda energía eléctrica", según consta en el escrito presenado por Gómez Barnella. Además, debía recibir semanalmente el alimento y medicinas que debían ser refrigerados de manera permanente.

Según alega el fiscal, durante el último año sufrió cortes en el suministro que hicieron que no pudiera llevar el tratamiento de forma adecuada, debiendo acudir a familiares y amigos, transportando equipos y medicinas evitando no perder la cadena de frío.

Al encontrar en riesgo su vida, la mujer realizó un trámite administrativo ante Edesur acompañando la documentación médica necesaria para acreditar su condición de vulnerabilidad y electrodependencia. "No obstante la empresa le denegó la solicitud aludiendo que la documentación presentada no acreditaba su situación médica", aseguró el titular de la Fiscalía Federal N° 1 de Lomas.


Primera orden del juez

El juez de primera instancia resolvió requerir a Edesur un informe en un plazo de cinco días y obligó a la empresa a incorporar a la actora como electrodependiente, suministrarle un servicio de forma permanente, y proveyéndole un grupo electrógeno y el abastecimiento para su funcionamiento.

Edesur interpuso un recurso que fue rechazado y presentó e informó el cumplimiento de la medida cautelar con un informe mediante el cual alegaba la inconsistencia de la medida cautelar ordenada y la falta de ilegalidad en su decisión.

Para Gómez Barbella, son varios los derechos afectados por el accionar de la prestataria, los cuales encuentran respaldo en leyes nacionales y provinciales, en la Constitución Nacional y en diversos tratados internacionales, que son citados en en su dictamen.

Además, en el informe requerido en primera instancia, Edesur reconoció la irregular prestación del servicio en el caso de la actora, aunque lo caratuló como un "caso fortuito". En el mismo documento, sin embargo, la empresa reconoce la imposibilidad de satisfacer "de modo normal, adecuado, eficiente y razonable la demanda de energía eléctrica de los usuarios". 

Ante este escenario, Gómez Barbella solicitó al Juzgado en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo Federal N° 3 de Lomas que "desestime el planteo de inadmisibilidad del amparo interpuesto por Edesur, como también que se tenga por presente lo dictaminado por el Ministerio Público Fiscal al momento de dictar sentencia".