Todos los pasajeros son obligados a ascender y descender del avión a la intemperie, luego de tediosas esperas, apretujándose en micros por los que hay que estar de píe en el corto pero brusco trayecto.
Peor aún la pasan los pasajeros con dificultades motrices que debieran tener un trato ágil deferente y sobre 'digno' todo como lo señala nuestro marco jurídico.
No se puede desconocer un trasfondo político del caso ya que la empresa Intercargo, fue intervenida por el Estado y está manejada por dirigentes de La Cámpora, de pésimas relaciones con la firma de capitales privados, y llevarían una guerra fría contra empresa LAN, de hostigamiento permanente. Ello, que es parte de una situación conocida por todos los actores involucrados, no puede dejar de mencionarse, aunque no corresponda al marco del análisis estrictamente jurídico en materia de derechos del consumidor; porque como lo señaló una vez el prestigioso doctrinario Gabriel Stiglitz, el marco de base de nuestros derechos específicos de consumidores, es la vigencia del estado de derecho y el cumplimiento de garantías constitucionales esenciales como la igualdad ante la ley entre otras.
Volviendo el foco a nuestra situación como sujetos de derechos, es importante señalar que todos los pasajeros cuando adquieren un billete aéreo, abonan una 'tasa de embarque' que implica una contraprestación concreta que en el caso se está incumpliendo. La vulneración de nuestros derechos como consumidores y usuarios, cuando se nos obliga a esperar en condiciones de hacinamiento el traslado a la terminal, no puede ser pasada por alto porque implica resignarse a que la ley no tenga vigencia. Tampoco es posible que existiendo condiciones confortables para la prestación de un servicio, como son las modernas mangas que conectan el edificio con la puerta delantera del avión, se obligue a la totalidad de los pasajeros de LAN a ascender y descender las escalinatas del avión para luego trasladarlos en micros.
Cuando además la afectación es a niños o a nuestros adultos mayores el abuso es más grave, por su estado de vulnerabilidad.
Cualquiera de los pasajeros afectados o incluso una asociación de derechos del consumidor puede presentar la denuncia ante la autoridad de aplicación de la ley o ante los estados judiciales para evitar se siga con el incumplimiento al servicio y/o se apliquen las multas que correspondan.