Es decir, los argentinos nativos y por opción que tengan 16 años o más a la fecha de la elección general -27 de octubre- y los argentinos naturalizados desde los 18 años, siempre que figuren en el padrón y exhiban documento habilitante para poder emitir su voto en el día de la fecha.
Aquellos electores menores de entre 16 y 17 años y mayores de 70 que no voten no serán incluidos en el registro de infractores.
¿Con qué documento se puede votar?
Los que están habilitados a emitir su voto deberán presentar en la mesa donde están anotados su Libreta de Enrolamiento, Libreta Cívica y el DNI en cualquier de sus formatos (libreta verde, libreta celeste, tarjeta del DNI libreta celeste y el nuevo DNI tarjeta) aun cuando lleve impresa la leyenda "no válido para votar".
Es válido el documento que figura en el padrón o una versión posterior. No se permitirá el voto con un ejemplar anterior al que figura en el padrón electoral.