En el caso, un particular interpuso una demanda por incumplimiento de servicio contra Telefónica, para reclamar la demora en que incurrió la empresa en realizar el cambio de tipo de servicio que había contratado el actor para su domicilio. El demandante pidió una Línea Control en lugar de una Línea Básica. Esa modificación nunca se concretó, y tras 16 meses, el usuario dio de baja el servicio. El hombre pidió 12.200 pesos por daño material y de 40.000 pesos por daño moral.
El juez de grado hizo lugar a la demanda en forma parcial, y condenó a la empresa accionada al pago de 3.000 pesos por daño moral. Las costas fueron impuestas en un 60% a Telefónica y en un 40% al actor. Entonces, el demandante apeló el fallo. Cuestionó, en particular, el rechazo de la indemnización por daño material y la imposición de costas, así como también el monto concedido por el perjuicio espiritual alegado.
El Tribunal de Apelaciones indicó que “si bien es cierto que en esta clase de conflictos el daño patrimonial debe ser demostrado”, no es cierto “que la refacturación aludida pueda venir a neutralizar los gastos derivados del funcionamiento irregular del servicio telefónico”.
En los hechos, “hasta lograr la baja del servicio por haber sido el mismo insatisfactorio, el actor debió atravesar por una interrupción de las comunicaciones primero, y por la modalidad de Línea Recupero, después”, precisaron los jueces federales.
Dicho eso, el Tribunal Civil y Comercial abordó lo relativo al monto de la indemnización por daño material y sostuvo que “el monto pretendido por el accionante ($12.200) resulta excesivo y que el daño material debe prosperar por la mitad de dicha suma, es decir, $6.100”.
Entre tanto, con relación al daño moral, los vocales afirmaron que “el monto reconocido en la sentencia es insuficiente para resarcir la angustia e impotencia del usuario frente a un reclamo no atendido en tiempo y forma, cualquiera fuere su resultado, además del tiempo y energía invertidos en llevar adelante un expediente administrativo”. La suma por este concepto se fijó en 8.000 pesos.
Por ende, la Cámara Civil y Comercial admitió en forma parcial el recurso de apelación del actor y revocó la sentencia de grado. El rubro daño moral fue elevado, se admitió también la indemnización por daño material y se modificó la imposición de costas. Telefónica fue condenada al pago de 14.100 pesos más intereses.