Artículo 4°.- Obligaciones. Las empresas que utilizan el sistema de telemarketing para publicitar, ofertar, vender y/o regalar bienes y/o servicios en el ámbito de la ciudad, no pueden dirigirse a ninguno de los inscriptos en el “Registro No Llame”.
Artículo 5°.- Requisito. Para la inscripción en el “Registro No Llame” la persona debe consignar el número de teléfono que corresponde a la línea de la que es titular y al cual las empresas que utilizan el sistema de telemarketing para publicitar, ofertar, vender y/o regalar bienes y/o servicios en el ámbito de la ciudad no podrán llamar, según lo dispone el artículo 4° de la presente ley.
Como la norma es aplicable a solo al ámbito de la Capital Federal, los vecinos del resto de país (a excepción de Santa Fe y San Juan, que sancionaron normas similares) están desprotegidos de las llamadas invasivas. Para ello es necesaria la aprobación de una norma de alcance nacional. Hay algunos proyectos presentados en distintas jurisdicciones y el más relevante iniciado en la legislatura nacional es el de la Senadora por Córdoba (FAP) Norma Morandini. Incluso en la capital porteña, las llamadas que provienen de otros lugares no están reguladas.
Para entender la importancia del tema basta señalar que hace pocos meses el 147 (número para registrarse en “no llame” en Ciudad de Buenos Aires, colapsó cuando ante la simplificación del trámite -antes había que confirmar la diligencia yendo personalmente a un GCP-, miles de vecinos
llamaros para anotarse.
Aunque no haya una norma de alcance general, recordemos que la ley de defensa del consumidor puede resultar aplicable cuando un usuario puede sentirse afectado, ya que entre otras cosas establece que las empresas deben a los consumidores un trato equitativo y digno. De tal manera que quién se siente afectado puede presentar la denuncia en una oficina de defensa
del consumidor. Incluso las empresas o entidades responsables que realicen las campañas telefónicas pueden tener un “registro voluntario de no llame”. Cuando recibimos una llamada de ese tipo, tenemos el derecho y la posibilidad de contactar al emisor para solicitarle que nos de la baja de su registro y de ese modo evitar futuras llamadas.