Sobre la respuesta a la reciente sentencia, los letrados Fernando Ravina y Rocío Rodríguez López harán hincapié en el recurso extraordinario que los camaristas invirtieron la carga de la prueba. "Pretenden que Carrera tenga el peso de demostrar su inocencia y que la causa fue armada por la Policía Federal con la complicidad del Poder Judicial, en vez de la justicia probar que él es culpable y que la causa no fue fraguada", tal como vienen sosteniendo.
De los testigos que avalan la versión del imputado, señalan que "no fueron valorados" los dos nuevos y reveladores testimonios que se aportan, después del estreno de la película "Rati Horror Show. Estos acreditan que el Peugeot 504 negro, de la comisaría 36ª., no tenía identificación alguna, que los policías dispararon contra Carrera y que éste jamás efectuó disparo alguno. Uno de ellos, también aseguró que vio y escuchó al auto de Carrera transitar con el motor forzado, a muchas revoluciones y haciendo mucho ruido (no utilizó la caja de cambios), descartando así la teoría de los jueces sobre que efectuó maniobras luego de comenzar su huida y que no quedó inconsciente por el disparo en la mandíbula", manifestaron.
Otro de los puntos centrales a refutar reside en que Fernando Carrera no fue reconocido como el autor del robo. Al respecto, expresaron que "los tres votos de los camaristas consideran que el primer reconocimiento (fotográfico) fue positivo, a pesar de que no lo fue. La víctima del robo dijo que, en realidad, era parecido, en lo que constituye un típico caso de reconocimiento negativo. Esta misma persona, un año después, en una rueda de reconocimiento dejó asentado que de ver al que le robó lo reconocería, pero cuando estuvo frente a Carrera aseguró. No lo reconozco. Durante el juicio oral, los dos damnificados tampoco reconocieron a Carrera como el autor del robo. No obstante, los jueces de Casación consideraron aquel reconocimiento falsamente "positivo" prevalece sobre estos dos negativos, contraviniendo toda norma procesal".
En relación al abuso se armas, "según el fallo está acreditado que Carrera disparó contra la policía, pero como también hay dudas al respecto, lo absuelven, a través del principio de "indubio pro reo" (la duda favorece al acusado)", indicaron, poniendo como ejemplo los dichos de un testigo que "en el juicio declaró que solo escuchó disparos, aunque para la jueza Figueroia vio el momento preciso cuando los policías le sacan el arma de la mano a Carrera, quien no la quería soltar".