La propuesta establece que todos los funcionarios o agentes de los tres poderes del Estado provincial y municipal con categoría o función no inferior a la de director o equivalente presenten una declaración jurada patrimonial integral dentro de los treinta días hábiles desde la asunción en el cargo.
La misma, deberá ser actualizada una vez al año (actualmente rige el Decreto-Ley Nº 9624/80 que las estipula cada 5 años) y vuelta presentar con las modificaciones que se hayan producido, en los 30 días hábiles posteriores a la cesación en el cargo.
Asimismo, el texto de la ley prevé una serie de ítems que apuntan a la “transparencia”, a través de la explicitación de una serie incompatibilidades con la función pública (dirigir, administrar, representar, patrocinar, asesorar o, de cualquier otra forma, prestar servicios a quien gestione, tenga una concesión o sea proveedor del Estado, o realice actividades reguladas por éste).