El 19 de febrero los abogados de Susana Trimarco, madre de Marita, presentaron un recurso de casación ante la Corte contra la sentencia absolutoria dictada el 11 de diciembre por los vocales de la Sala II de la Cámara Penal, Alberto Piedrabuena, Emilio Herrera Molina y Eduardo Romero Lascano.
Con el argumento del temor de parcialidad, los defensores de los acusados pidieron que sean apartados los cinco vocales titulares de la Corte: Estofán (presidente), Goane, Gandur, Sbdar y Posse.
Sin embargo, el tribunal de recusación -cuya decisión es irrecurrible, según el artículo 68 del Código Procesal Penal de Tucumán-, no atendió las objeciones impuestas por los abogados defensores de los imputados.
Los jueces resolvieron rechazar las recusaciones contra Estofán, Gandur y Sbdar y reservarse el pronunciamiento sobre el caso de Goane hasta que este vocal de la Corte se reintegre a sus funciones.
José D'Antona, uno de los abogados de Trimarco, dijo que no les llamó la atención la resolución porque "los argumentos eran totalmente dilatorios, endebles, no tenían fundamento".
"Con 55 cuerpos más tres anexos y 8 testigos presenciales de haber visto a Marita cómo, dónde y en qué lugar se tiene la fuerza necesaria de la prueba", añadió.
"Los expedientes hablan por la prueba y el presidente del tribunal decía que no había pruebas", se quejó D'Antona.
La decisión del tribunal abre un nuevo capítulo en el caso de Marita Verón, que actualmente se dirime entre recusaciones y medidas cautelares.