11 de marzo 2011 - 00:00
Ordenan reubicación de cinco asentamientos
La medida fue dispuesta por el juez Federal Luis Armella en el marco del saneamiento de la cuenca del Matanza-Riachuelo. Comprende a los barrios La Saladita, Don Juan, El Mosquito, Los Ceibos Sur y Mi Esperanza, y establece plazos para su erradicación y traslado al predio La Bastilla
Distintos asentamientos se han formado en los últimos años en inmediaciones del río Matanza.
El juez federal Luis Armella, ordenó la reubicación de los asentamientos “Barrio La Saladita”, “Barrio Don Juan”, “Barrio El Mosquito”, “Barrio Los Ceibos Sur” y “Barrio Mi Esperanza”, en el predio La Bastilla I en el marco del saneamiento de la cuenca Matanza-Riachuelo. El magistrado quilmeño, que tiene a su cargo la supervisión del citado emprendimiento por orden de la Corte Suprema de Justicia, dispuso la relocalización de varios asentamiento del distrito, la Ciudad de Buenos Aires, Avellaneda, Lanús y Lomas de Zamora con el propósito de liberar el llamado “camino de la sirga”, al que considera “ser uno de los pilares del plan integral”. Además, el juez Armella dispuso que la Autoridad de la Cuenca Matanza Riachuelo (ACUMAR) realice una “campaña de concientización” entre los pobladores sobre su relocalización y desde el punto de vista habitacional sobre las mejores condiciones de vida y sobre la regularización dominial, como también que releve la posible existencia de construcciones informales o precarias encalladas sobre el “talud”, o “margen” del río y no se encuentro contenidas en los censos y planes vigentes.
Plazos
La resolución del juez federal establece que La Saladita (en el que viven 24 familias) y Don Juan (46 familias) deberán ser reubicados teniendo como fecha límite el próximo 15 de octubre; El Mosquito (50 familias) y Los Ceibos Sur (10 familias) el 15 de diciembre, y Mi Esperanza (50 familias), el 28 de febrero del próximo año. Además establece la reubicación de cinco asentamientos en la Capital Federal, cinco en Lanús, uno en Avellaneda y otro en Lomas de Zamora. La resolución obliga a las autoridades a presentar -en un lapso de no más de cinco días de vencido el plazo fijado- un informe que dé cuenta de la efectiva erradicación y relocalización de los mencionados barrios, y el modo en en que esas acciones se ejecutaron. Asimismo, les requirió a los Ministerios de Seguridad de cada una de las jurisdicciones gubernamentales “la implementación de todas las acciones que garanticen efectivamente el trabajo de los responsables de la erradicación de los asentamientos”.