En el exterior, la autoridad electoral es el funcionario diplomático encargado de supervisar los procedimientos del acto comicial y las tramitaciones vinculadas a la gestión y correspondencia de información y documentación electoral, mientras que la función del presidente de mesa está en cabeza de un ciudadano argentino empadronado en dicha jurisdicción.
Quiénes puedenEstando en el exterior
sólo podrán votar los ciudadanos argentinos que tengan registrado en su
DNI su domicilio fuera del país y quienes se hayan inscripto en el Registro de Electores Residentes en el Exterior.
Existen dos formas de inscribirse en el
Registro de Electores Argentinos Residentes en el Exterior: presentándose en la oficina consular correspondiente y solicitando completar el formulario de inscripción (Formulario CARE) o a través de internet, completando el formulario electrónico que se encuentra en el sitio www.electoral.gob.ar en el apartado Argentinos en el exterior. A partir de la sanción de la Ley 24.007 de 1991, los argentinos residentes en el exterior ejercen su derecho constitucional al voto