Qué dice la ley
El carácter obligatorio del sufragio surge de la Ley 14.086, sancionada y promulgada en el año 2009, que estableció el régimen de elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias disponiendo en su artículo Nº 1 que “son electores todos los ciudadanos empadronados y los extranjeros que se encuentren inscriptos en el registro establecido por la Ley 11.700 modificada por la Ley 12.312”.
La misma norma aclara que “la emisión del sufragio será obligatoria” y establece que la no emisión del sufragio, ya sea en las elecciones primarias o en las generales sin justificativo alguno, constituye una falta electoral sancionada por la ley.