Según alega el fiscal, durante el último año sufrió cortes en el suministro que hicieron que no pudiera llevar el tratamiento de forma adecuada, debiendo acudir a familiares y amigos, transportando equipos y medicinas evitando no perder la cadena de frío.
Al encontrar en riesgo su vida, la mujer realizó un trámite administrativo ante Edesur acompañando la documentación médica necesaria para acreditar su condición de vulnerabilidad y electrodependencia. "No obstante la empresa le denegó la solicitud aludiendo que la documentación presentada no acreditaba su situación médica", aseguró el titular de la Fiscalía Federal N° 1 de Lomas.
Primera orden del juez
El juez de primera instancia resolvió requerir a Edesur un informe en un plazo de cinco días y obligó a la empresa a incorporar a la actora como electrodependiente, suministrarle un servicio de forma permanente, y proveyéndole un grupo electrógeno y el abastecimiento para su funcionamiento.
Edesur interpuso un recurso que fue rechazado y presentó e informó el cumplimiento de la medida cautelar con un informe mediante el cual alegaba la inconsistencia de la medida cautelar ordenada y la falta de ilegalidad en su decisión.
Para Gómez Barbella, son varios los derechos afectados por el accionar de la prestataria, los cuales encuentran respaldo en leyes nacionales y provinciales, en la Constitución Nacional y en diversos tratados internacionales, que son citados en en su dictamen.
Además, en el informe requerido en primera instancia, Edesur reconoció la irregular prestación del servicio en el caso de la actora, aunque lo caratuló como un "caso fortuito". En el mismo documento, sin embargo, la empresa reconoce la imposibilidad de satisfacer "de modo normal, adecuado, eficiente y razonable la demanda de energía eléctrica de los usuarios".
Ante este escenario, Gómez Barbella solicitó al Juzgado en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo Federal N° 3 de Lomas que "desestime el planteo de inadmisibilidad del amparo interpuesto por Edesur, como también que se tenga por presente lo dictaminado por el Ministerio Público Fiscal al momento de dictar sentencia".