Este comprobante tendrá impresos la fecha y tipo de elección, el nombre y apellido completos del elector, su número de identificación y la nomenclatura de la mesa, además de la firma del presidente de mesa.
El código de barras le servirá a la Justicia electoral para controlar con mayor eficacia quienes no han votado y así aplicar las sanciones que impone la ley. Estas son de 50 pesos para quienes no voten en una elección de este año (PASO o las generales de octubre) y de 150 si no votan en ninguna de las dos, de acuerdo con una acordada de la Cámara Nacional Electoral.
Además de las multas, el infractor no podrá ser designado para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la fecha de la elección, ni realizar gestiones o trámites durante un año ante los organismos estatales, provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o municipales.
"Los mayores de 70 años, los menores de 18 años, aquellos que están a más de 500 kilómetros de distancia de donde uno está empadronado y los que no pueden movilizarse por cuestiones de salud están exentos de votar", aclaró Di Tullio.