La ley fija, además, que en el caso de accidentes y/o siniestros que afecten a alguna de las autopartes grabadas, la empresa efectuará sin cargo el proceso correspondiente en la autoparte de reemplazo.
La norma, que entrará en vigencia 90 días luego de ser reglamentada por el Ejecutivo, establece que una vez puesto en funcionamiento el sistema de grabado, los vehículos con hasta dos años de antigüedad tendrán un año para realizar el trámite; los de dos a cinco años, dos años; y los de más de cinco años, tres años.