Puntualmente, eliminó un inciso del artículo 7 de la ley 13.894 que permitía fumar en salas de entretenimientos con superficies mayores a 400 metros cuadrados y la habilitación de un sector para fumadores, no mayor al 30% del local, con ventilación y separado del resto, en los locales gastronómicos.
El titular de la bancada de diputados del FPV, Juan De Jesús, explicó que la eliminación de fumar en salas de juego “fue una modificación en la que trabajamos durante mucho tiempo para sacar lo que era permisivo de la ley antitabaco sancionada en el 2008”.
“La idea es mejorar la calidad de vida y hábitos saludables de las personas que habitan la Provincia de Buenos Aires y si bien la ley anterior fue una buena iniciativa, demostró en su puesta en práctica que las excepciones no fueron beneficiosas para la salud de los habitué a esos lugares de entretenimiento”, graficó.
La nueva norma establece que quedan exceptuados de la prohibición “los patios, terrazas, balcones y demás espacios al aire libre de los lugares cerrados de acceso al público; los clubes para fumadores, para personas mayores de 18 años y tabaquerías con áreas especiales para degustación y los centros de salud mental y centros de detención de naturaleza penal y/o contravencional”.