"Los magistrados no somos garantes del comportamiento futuro de las personas que son reintegradas al medio libre”, acotó el juez López, al advertir que el acusado por el crimen de Bargna, al que le otorgó 11 salidas transitorias, tenía una calificación de ‘nueve” en conducta carcelaria.
Además, remarcó que “los jueces no resuelven en base a supuestas técnicas predictivas” y dijo que la fiscalía se opuso a todas las salidas del acusado Marcelo Pablo Díaz, pero “nada se hizo para impedir o revisar la ejecución de lo resuelto”.
López había afirmado en su escrito que su juzgado “registra más de mil cien legajos correspondientes a internos y sobran los dedos de una mano para contar situaciones similares a las que registró el condenado Díaz”, referidas a permisos de salida.
"Teniendo en cuenta la opinión dominante de los medios de comunicación masivos, considero que, de acreditarse científicamente que todas las personas condenadas por delitos de orden sexual son enfermos irrecuperables que invariablemente repetirán su conducta desviada y que, por lo tanto, merecen una consideración distinta en la ley penal, debería promoverse una reforma legislativa verdaderamente integral que complete dicha situación”, justificó.