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09 de octubre 2026 - 12:49
Financiamiento Universitario: el Gobierno apeló el fallo

El recurso presentado por el Ministerio de Capital Humano, rechaza la decisión del juez Martín Cormick que dejó sin efecto el Decreto 759/2025 por considerar que causa un “gravamen irreparable”.

El Gobierno nacional apeló el fallo de la Justicia que declaró inconstitucional el decreto que frenaba la Ley de Financiamiento Universitario y lo obligaba a cumplir con la normativa.

El recurso presentado por el Ministerio de Capital Humano, rechaza la decisión del juez Martín Cormick que dejó sin efecto el Decreto 759/2025 por considerar que causa un “gravamen irreparable”.

Para el Gobierno, la sentencia causa “agravios concretos y de significativa gravedad institucional” ya que ordena la ejecución de la ley “sobre la base de una interpretación arbitraria y fragmentaria del régimen presupuestario aplicable y sin dar adecuada respuesta a defensas centrales oportunamente introducidas por el Estado Nacional”.

En ese sentido, apuntan que el cumplimiento de la normativa “proyecta efectos presupuestarios de gran magnitud y compromete el equilibrio de las cuentas públicas”, ya que acusan que no identifica una “fuente de financiamiento específica y suficiente”.

Desde la cartera comandada por Sandra Pettovello cuestionaron la improcedencia del amparo colectivo presentado por el Consejo Interuniversitario Nacional y la Universidad de Buenos Aires (UBA), dado que no es una “vía idónea para resolver en forma definitiva una controversia que requiere determinar hechos, montos, fuentes de financiamiento y alcances normativos controvertidos”.

Sobre los recursos para su cumplimiento, remarcaron que afecta al equilibrio fiscal, y que la Ley 24.629 debe ser interpretada “armónicamente” junto con las leyes 24.156 y 27.798 que establecen normas para autorizar y ejecutar el gasto público.

“Si los mayores gastos deben financiarse mediante reasignaciones, ello supone necesariamente reducir créditos destinados a otras finalidades”, enfatizaron. En esa línea, aseguraron que la Ley de Financiamiento Universitario “exigiría reasignar el 90,30% de los créditos disponibles para gastos primarios del Estado Nacional”.

Por otro lado, manifestaron que la confirmación del fallo afectaría a la “división de poderes” al “imponer al Poder Ejecutivo la ejecución de gastos sin resolver previamente su compatibilidad con el régimen legal de administración financiera y con la Ley de Presupuesto vigente”.

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De esta forma, el Gobierno busca revocar la sentencia que declaró parcialmente inconstitucional el Decreto 759/2025 y diluir los plazos para el cumplimiento de la ley, en medio de los reclamos del sector universitario para que se otorguen las partidas presupuestarias y se avance en la paritaria para docentes y no docentes.

Las idas y vueltas de la Ley de Financiamiento Universitario

La Ley 27.795 fue sancionada en agosto de 2025 y posteriormente vetada por Javier Milei. Sin embargo, el Congreso insistió con su aprobación con los dos tercios necesarios en ambas cámaras. Diputados rechazó el veto el 17 de septiembre y el Senado completó ese trámite el 2 de octubre de ese año.

La norma contempla la actualización de los gastos de funcionamiento de las universidades públicas, la recomposición de los salarios docentes y no docentes y de las becas estudiantiles según la inflación. También establece la convocatoria obligatoria a paritarias y partidas destinadas a investigación.

Tras la insistencia parlamentaria, el Ejecutivo promulgó la ley mediante el decreto 759/2025, publicado el 21 de octubre. No obstante, sostuvo que su ejecución debía quedar suspendida hasta que se identificaran los recursos y se incorporaran las partidas presupuestarias. Para justificar esa decisión, invocó el artículo 5 de la Ley 24.629, que exige prever el financiamiento de las normas que disponen nuevos gastos.

La disputa derivó en una presentación judicial del Consejo Interuniversitario Nacional y las universidades. En diciembre de 2025, Cormick dictó una medida cautelar que ordenó aplicar los artículos 5 y 6, referidos a salarios y becas. Esa decisión fue confirmada por la Cámara y quedó firme el 25 de junio de 2026, cuando la Corte Suprema declaró inadmisible el recurso del Estado por no dirigirse contra una sentencia definitiva. Ese pronunciamiento no resolvió la cuestión de fondo sobre la constitucionalidad del decreto.

El conflicto continuó durante septiembre, cuando el magistrado intimó al Gobierno a acreditar el cumplimiento total de la cautelar en cinco días, bajo apercibimiento de multas diarias. El Ejecutivo cuestionó esa resolución y sostuvo que ya había cumplido con las obligaciones mediante aumentos salariales, negociaciones paritarias y actualizaciones de becas.

La sentencia del 6 de octubre, ahora apelada, avanzó sobre el fondo del planteo y ordenó el cumplimiento inmediato de la ley. Cormick consideró que el mecanismo utilizado para suspenderla había operado, en sus efectos, como una nueva instancia de veto no prevista en la Constitución, luego de que el Congreso ratificara la norma.

La marcha

La convocatoria a la quinta marcha federal universitaria se realizó en medio de un plan de lucha que contempla unos 13 paros nacionales y medidas de fuerza escalonadas. Se concretará el próximo 15 de octubre. “Nos volvemos a encontrar para defender la universidad pública”, convocan los rectores.