09 de agosto 2015 - 17:41
¿Qué pasa si no voté en las PASO?
Los electores deberán justificar su ausencia ante la Justicia Nacional Electoral dentro de los 60 días de la respectiva elección.
En el caso de que un ciudadano (mayor de 18 y menor de 70) no haya emitido su voto y no justifiquen su ausencia ante la Justicia Nacional Electoral dentro de los 60 días de la respectiva elección, ingresará al Registro de Infractores al Deber de Votar y se le impondrá una multa de $ 50 a $ 500.
Así consta en los artículos 18 y 125. Código Electoral Nacional. Ley 19.945 y modificatorias. Además, quedarán exentos de multa los menores de 18 años y los mayores de 70 que no se presenten a votar.
Sin embargo, si no votaron en las PASO tienen el derecho y la obligación de hacerlo en las Elecciones Generales del 25 de Octubre.