La Sala I declaró inadmisible por unanimidad la presentación del fiscal Mario Villar para llevar ante la Corte Suprema en la investigación por lavado de activos.
La Sala I declaró inadmisible por unanimidad la presentación del fiscal Mario Villar para llevar ante la Corte Suprema en la investigación por lavado de activos.
La Cámara Federal de Casación Penal rechazó el recurso extraordinario presentado por el fiscal general Mario Villar para llevar ante la Corte Suprema la disputa por la competencia en la investigación por lavado de activos vinculada a la causa AFA y a partir de esta decisión, la investigación continuará en la Justicia Federal criminal y correccional.
La resolución fue adoptada por unanimidad por la Sala I de la Cámara, integrada por los jueces Diego G. Barroetaveña, Alejandro W. Slokar y Mariano H. Borinsky, quienes declararon inadmisible el recurso presentado por el representante del Ministerio Público Fiscal.
La presentación había sido interpuesta contra la decisión que había establecido que la investigación continuara ante la Justicia Federal y no en el fuero nacional en lo penal económico. La causa está vinculada con una investigación por lavado de dinero en torno a una quinta ubicada en Pilar, provincia de Buenos Aires, informaron fuentes judiciales.
Los jueces coincidieron en que el recurso extraordinario no reunía los requisitos necesarios para habilitar la intervención de la Corte Suprema en los términos del artículo 14 de la Ley 48. La Sala I analizó por separado los argumentos planteados por el Ministerio Público Fiscal.
Slokar sostuvo que la resolución cuestionada no constituía una sentencia definitiva ni podía ser equiparada a una, al tiempo que también consideró que la invocación de un supuesto “interés institucional” no había sido justificada de manera suficiente para habilitar la instancia extraordinaria.
Barroetaveña señaló que las decisiones sobre competencia no tienen, como principio, carácter de sentencia definitiva. Según explicó, existen excepciones cuando se produce una denegatoria del fuero federal o una efectiva privación de justicia, circunstancias que consideró ausentes en este caso.
Borinsky sostuvo que tampoco existía una cuestión federal debidamente fundada que permitiera habilitar la intervención extraordinaria de la Corte, y además, señaló que la Fiscalía no había demostrado que estuviera comprometida la imparcialidad de los magistrados que intervienen en la causa.
El juez también cuestionó las distintas posiciones adoptadas por el Ministerio Público Fiscal respecto del fuero que debía intervenir en la investigación por lavado de activos. Según señaló, inicialmente la Fiscalía había sostenido la competencia de un juzgado nacional en lo Criminal y Correccional Federal porque consideraba que el lavado de activos era un delito federal.
Posteriormente, el Ministerio Público Fiscal había planteado la competencia del fuero penal económico. Para Borinsky, esas posiciones contradictorias reforzaban la aplicación de la doctrina de los actos propios de la Corte Suprema, que impide sostener actos incompatibles con conductas anteriores.
Con el rechazo del recurso extraordinario, quedó vigente en esta instancia la decisión que asignó la investigación a la Justicia Federal criminal y correccional. La Fiscalía no logró así llevar ante la Corte Suprema la disputa por la competencia en la causa vinculada a la investigación por lavado de activos.