El ministro de Justicia porteño elevó al Consejo de la Magistratura para que investigue si la jueza Laura De Marinis incurrió en "mal desempeño" o "desconocimiento inexcusable del derecho" a la hora de impartir sentencia.
El ministro de Justicia porteño elevó al Consejo de la Magistratura para que investigue si la jueza Laura De Marinis incurrió en "mal desempeño" o "desconocimiento inexcusable del derecho" a la hora de impartir sentencia.
El ministro de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires, Gabino Tapia, presentó este miércoles una denuncia contra la jueza Laura Beatriz De Marinis ante el Consejo de la Magistratura porteño en la que pidió que se investigue su actuación, luego de que la magistrada declarara inconstitucional, para un caso concreto, un artículo de la nueva Ley de Régimen Penal Juvenil.
Tapia solicitó que se analice si la actuación de De Marinis podría configurar las causales de “mal desempeño” y “desconocimiento inexcusable del derecho”. Además, planteó que, si el Consejo considera que existen elementos suficientes, se formule una acusación ante el Jurado de Enjuiciamiento.
La decisión de la magistrada fue dictada en una causa en la que estaba imputado un adolescente de 14 años por una tentativa de robo. El hecho involucró, según la denuncia, a un grupo de cinco personas que habría abordado a una víctima para intentar sustraerle el teléfono celular. El robo no llegó a concretarse y no se registraron lesiones físicas.
El ministro aclaró que su presentación no busca que el Consejo funcione como una instancia para revisar si la sentencia fue correcta o incorrecta. “No se cuestiona aquí la facultad de los jueces para ejercer el control de constitucionalidad de las leyes”, sostuvo en la denuncia.
De Marinis declaró inconstitucional para ese caso el artículo 1° de la Ley 27.801, que redujo la edad mínima de responsabilidad penal juvenil. A partir de esa decisión, consideró al adolescente no punible y dispuso su sobreseimiento.
Según la denuncia de Tapia, la jueza no habría analizado de manera integral las distintas herramientas previstas por la nueva legislación. La Ley 27.801 contempla principios de especialidad, proporcionalidad, mínima intervención e interpretación favorable a los menores, además de alternativas a la privación de la libertad.
Uno de los principales cuestionamientos de Tapia está relacionado con que la decisión judicial habría vinculado la aplicación del régimen con las características del delito y las circunstancias personales del adolescente.
El ministro planteó que una condición objetiva establecida por el Congreso, como la edad, no debería aplicarse de manera diferente entre adolescentes de la misma edad según el delito imputado o sus circunstancias familiares y socioeconómicas. También señaló que esto podría afectar la previsibilidad y la igualdad en la aplicación de la ley.
Otro punto cuestionado fue la interpretación de los antecedentes parlamentarios utilizados por la jueza y el análisis del principio de no regresividad.
La denuncia también cuestionó que, después de declarar inaplicable el artículo 1° de la nueva Ley 27.801, la jueza haya utilizado el artículo 1° de la Ley 22.278, que había sido derogado, para considerar al adolescente no punible y disponer su sobreseimiento.
Para Tapia, esa aplicación requería una fundamentación específica que, según su denuncia, no estaría presente en la sentencia.
La presentación concluye que los distintos elementos señalados podrían constituir una “desviación funcional coherente”. Por eso, el ministro pidió que se requiera el expediente, las presentaciones de las partes, la grabación de la audiencia y los recursos interpuestos, además de analizar si existen antecedentes de decisiones similares de la magistrada.