ARCA habilitó el plazo para que los contribuyentes cumplan con este procedimiento obligatorio. Cuáles son las variables que se tienen en cuenta y hasta cuándo se podrá realizar el trámite.
ARCA habilitó el plazo para que los contribuyentes cumplan con este procedimiento obligatorio. Cuáles son las variables que se tienen en cuenta y hasta cuándo se podrá realizar el trámite.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dio por iniciado el plazo para la recategorización del Monotributo. Este trámite se realiza dos veces al año y determina si los contribuyentes seguirán en la misma categoría o deberán inscribirse en una diferente, según los parámetros de actividad.
La recategorización es un trámite obligatorio que se lleva en cabo en función de la actividad desarrollada en los últimos 12 meses. Quienes sólo tienen sólo seis meses no deberán efectuarla.
Según ARCA, los cambios pueden registrarse en los ingresos y la facturación anual, en la superficie del local y afectada por la actividad, el valor del alquiler y la energía consumida por el mismo establecimiento. Si algunas de estas variables presentó modificaciones, los contribuyentes tendrán tiempo de cumplir con la recategorización hasta el próximo 5 de agosto.
Un detalle a tener en cuenta: el organismo recaudador incorporó la modalidad de recategorización simplificada, que muestra automáticamente la facturación registrada por el organismo y propone una categoría, lo que agiliza el procedimiento.
En caso de que el monotributista no lleve a cabo la recategorización, el sistema comprenderá que no se registraron cambios y el contribuyente permanecerá en la misma categoría. Esto podría resultar semanas después en multas y cobros de deudas retroactivas.
-El trámite se realiza de manera completamente online desde el portal de ARCA.
-Ingresar al sitio con CUIT y Clave Fiscal.
-Acceder al servicio Monotributo.
-Seleccionar la opción "Recategorizarme".
-Revisar la información de facturación que muestra el sistema.
-Confirmar o corregir los datos correspondientes a ingresos, alquileres, energía y superficie. Verificar la categoría resultante.
-Confirmar el trámite y descargar el comprobante.
Una vez finalizado el proceso, el sistema genera el Formulario F.184 y permite obtener la nueva credencial de pago.
Antes de iniciar el trámite, resulta recomendable contar con:
-Facturación de los últimos 12 meses.
-Facturas de energía eléctrica.
-Datos de superficie afectada a la actividad.
-Contratos y pagos de alquileres, si corresponde.
-Clave Fiscal vigente.
-Domicilio Fiscal Electrónico actualizado.