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29 de mayo 2026 - 20:30
Habilitan la exención de impuestos al transporte de personas con discapacidad

La medida impositiva que rige en la Ciudad de Buenos Aires es para ingresos brutos y patentes de los prestadores y se realiza mediante trámite digital.

El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires hizo oficial una nueva medida destinada de exención de impuestos para beneficiar a quienes brindan servicios de transporte para personas con discapacidad.

A través de la resolución 168/AGIP/26, los prestadores podrán acceder a la exención del pago de ingresos brutos y patentes, en el marco de una política orientada a facilitar el acceso a tratamientos, rehabilitación y educación, y en medio de las protestas de familiares de personas con discapacidad pro rectores dispuestos por la Nación para esa área.

El beneficio alcanza exclusivamente a los ingresos provenientes de la prestación del servicio de transporte automotor, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en el Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y sus normas complementarias.

Según se informó, el trámite deberá realizarse de manera digital a través de la plataforma TAD (Tramitación a Distancia). Desde el Gobierno porteño destacaron que la medida apunta a simplificar gestiones administrativas y brindar alivio fiscal a quienes cumplen una función esencial dentro de la comunidad.

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La documentación obligatoria a presentar

• Presentación de nota, solicitando el reconocimiento de la exención del pago, suscripta por el representante legal o apoderado de la institución.

• Copia del estatuto o contrato social del contribuyente, en caso de corresponder.

• Copia de la última acta de designación de autoridades y, en caso de corresponder, el respectivo poder.

• Listado de los agentes del Sistema Nacional del Seguro de Salud que contratan el servicio de transporte en los términos de la Ley Nacional N° 24.901 y sus modificatorias y complementarias.

• Copia de las últimas treinta (30) facturas emitidas.

• Copia del título de propiedad del/de los vehículos automotor/es.

• Certificado de inscripción al Registro Único del Transporte Automotor de Pasajeros (RUTAP) en la categoría transporte de personas con discapacidad, emitido por la autoridad de aplicación del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

• Copia del DNI del solicitante.

• Copia de la constancia de CUIT.