Muchos jóvenes desean encarar cambios en la sociedad en que viven y existen algunos requisitos legales para constituir una organización sin fines de lucro. Los grandes cambios empiezan con una idea.
Eso sí, la idea debe ser original, sociales, económicas y políticas. La realidad en que se vive como discriminación, inseguridad, pobreza, problemas ambientales, falta de solidaridad, problemas serios de niños, ancianos y discapacitados, encabezan la lista de los temas que preocupan y afectan a millones de personas. Entonces ¿cómo generar un cambio? Las llamadas Organizaciones no Gubernamentales ( ONG) tienden a fomentar la cooperación y la solidaridad y a ejercer un control sobre los conflictos de marcada incidencia social. Permiten dar el encuadre jurídico-organizacional necesario para llevar adelante la idea. Las ONG, a su vez, pueden ser clasificadas en dos grandes grupos: 1) Los beneficiarios son sus propios miembros. Por ejemplo, los centros de estudiantes o bien las mutuales. 2) Los beneficiarios son otros. Allí se encuentran un sinnúmero de organizaciones como las de defensa de los derechos de la mujer, de los consumidores y usuarios, de protección y defensa del medio ambiente, entre otras. La forma jurídica que adquieren las ONG es la de asociación o fundación, según corresponda. Ambas poseen claras diferencias, desde su constitución, así como su funcionamiento. Plantar un árbol, escribir un libro y ...tener una fundación”. Las asociaciones civiles están reguladas por el Código Civil Argentino. No poseen fines de lucro; su objetivo es siempre el bien común. Las fundaciones, en cambio, están reguladas por una ley y son personas jurídicas privadas que se constituyen con el aporte de una o más personas. Su objetivo debe tender al bienestar general y deben inscribirse en la IGJ. Tienen el carácter de perpetuidad, esto es, trascienden en el tiempo. Los requisitos que existen para la inscripción de las asociaciones o fundaciones son: generar el acta constitutiva, los estatutos, la demostración patrimonial, hacer una nómina de los miembros que la integran, hacer una nota solicitando se le otorgue personería y tener una denominación social. “Luchemos por la Vida”, es una asociación que se ocupa de todo lo referente a los accidentes de tránsito que no son pocos: señalan que por día mueren 22 personas en accidentes de tránsito y unos 120 mil heridos de distinto grado y miles de discapacitados. Las pérdidas económicas del tránsito son millonarias. Pero no se trata de números, sino de vidas humanas. De hombres, mujeres, jóvenes y niños que vieron truncadas sus vidas a causa de un accidente de tránsito y familias destrozadas. Esta realidad es la que tiene como objetivo “Luchemos por la Vida”. La velocidad y los malos conductores es la principal causa de muerte por accidentes de tránsito. A mayor velocidad, mayor es la distancia que se necesita para detener el vehículo; más graves las consecuencias ante cualquier falla mecánica, el reventón de un neumático, eso determina que en la Argentina estos accidentes son la primera causa de muerte en menores de 35 años y la tercera sobre la totalidad de los argentinos. Esta cifra es elevadísima, comparada con la de otros países, llegando a tener 8 o 10 veces más víctimas fatales que en la mayoría de los países desarrollados, en relación al número de vehículos circulantes. La noche, la lluvia, y la niebla son causas fundamentales para que deba disminuirse, aún más, la velocidad. Muchos apurados no llegan jamás a destino. Otra causa fundamental de mortalidad en accidentes de tránsito es atribuible a las bebidas alcohólicas. Los impedidos para manejar no son sólo los “ebrios”; un solo vaso de vino, cerveza o whisky, limita la capacidad de conducción, ya que produce una alteración de los reflejos para conducir. Bastaría con recordar que las bebidas alcohólicas o los medicamentos tranquilizantes hacen que las respuestas y las maniobras, ante cualquier eventualidad de la ruta, o la calle, sea torpes y lentas, sin reflejos.