Por Dr. Valentín Vidal, abogado laboralista.
Nos encontramos actualmente en una situación de emergencia sanitaria que sin dudas ha provocado una gran crisis económica.Nue
stro país se encuentra atravesando momentos difíciles y ello perjudica en general a todas las personas aunque en mayor medida lo hace con las personas mas vulnerables como pueden ser quienes no tienen trabajo, aunque también, en especial a los trabajadores puesto que estos pueden ser despedidos.
El Poder Ejecutivo Nacional sostiene entonces que es necesario cuidar las fuente de trabajo y por ello dictó el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) Nro. 34/2019.
Una de las finalidades de esta norma es que, ante una situación en la cual la inevitable crisis genera desocupación, los trabajadores no sean despojados de sus únicas fuentes de ingresos sin una compensación.
Es por ello que a través de este DNU se establece que cualquier trabajador que sea despedido sin justa causa tendrá derecho a percibir el doble de la indemnización correspondiente por ley.
Si bien actualmente se encuentran prohibidos los despidos sin justa causa o por cuestiones o razones económicas, fuerza mayor, falta o disminución de trabajo, esta norma fue dictada en Diciembre del 2019, previo a la declaración de la pandemia, es decir cuando el país ya se encontraba atravesando dificultades económicas aunque no como las actuales.
La norma fue prevista para que su duración alcanzara los seis meses, es decir que la doble indemnización tenía fecha de finalización en Junio de este año.
Pero dado lo ocurrido, el escenario no solamente no ha mejorado sino que sin dudas la crisis vivida en estos momentos es aún más grave que la que se venía enfrentando hace seis meses. Debido a ello el gobierno entendió que era necesario prorrogar esta medida y, en consecuencia, dictó el DNU 528/2020, el cual prorroga la medida establecida en el DNU 34/2019 por 180 días más, es decir aproximadamente por otros seis meses.
De esta manera se busca proteger a aquellas personas que sean despedidas actualmente (en incumplimiento a la prohibición de los despidos) y hayan ingresado con anterioridad a Diciembre de 2019. Asimismo, una vez que el confinamiento finalice y la prohibición de los despidos desaparezca, los trabajadores que sean despedidos también tendrán derecho a percibir el doble de su indemnización. Esta norma en principio ha sido extendida hasta Diciembre del año en curso, aunque en ese momento se verá qué decisión toma el Poder Ejecutivo a su respecto. Lo que es importante saber es que por ahora, y hasta fines de este año, si un trabajador es despedido sin causa tiene derecho a percibir doble indemnización y, en caso de que la misma no le sea abonada como tal, tiene la facultad de reclamarla judicialmente