La condena fue confirmada por la sala K de la Cámara Civil, con la firma de los camaristas Oscar Ameal, Carlos Domínguez y Lidia Hernández.
El hecho ocurrió el 14 de septiembre de 2008 "a los 25 minutos del primer tiempo (cuando) se produjo una avalancha en la tercer bandeja del sector visitante, donde se encontraba situado" el damnificado, cuya identidad no se reveló, según explicaron los jueces en su resolución.
En esa ocasión, la víctima "cayó, tropezando con los bancos, hacia la parte inferior de la referida tribuna, sufriendo graves heridas; fue auxiliado por algunos conocidos, concurrentes y por personal de emergencia del estadio y trasladado a los consultorios médicos del club, donde se le realizaron las primeras curaciones".
Sobre el rol de la AFA, los magistrados dijeron que "esta asociación, rectora del fútbol argentino, fue también organizadora (participante) y beneficiaria del espectáculo deportivo que originó la lesión del actor. También tiene facultades de contralor, en cuanto establece las condiciones que deben reunir los estadios".
La AFA "tiene el deber de preocuparse en grado extremo por la seguridad de las personas que asisten al espectáculo del fútbol. Los numerosos acontecimientos de violencia, los daños sufridos por las personas, la inseguridad y la conmoción social que existe por estos sucesos, no puede pasar desapercibida para un dirigente razonable y prudente", dijeron los jueces.