En las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO) del domingo pasado se registró un alto ausentismo en las urnas y más de 10 millones de ciudadanos no fueron a votar.
Los infractores podrán pagar la multa correspondiente de manera online y pueden abonar a través de diversas formas.
• Ingresar a infractores.padron.gov.ar y ubicar la inasistencia pendiente de regularizar. Seleccionar la opción “Boleta de pago multa” o “Generar boleta de pago”.
• El sistema ofrecerá dos alternativas de pago:
Emitir una boleta para abonar la deuda en el Banco Nación. Descargar e imprimir la boleta y dirigirse a la sucursal más cercana para realizar el pago.
Elegir “Otros medios de pago” y luego “Generar boleta”.
• Si se elige “Otros medios de pago”, el sistema redirigirá al ciudadano a la plataforma de pagos PayU. En esta etapa, se debe seleccionar entre dos opciones:
Abonar en línea con tarjeta de crédito o débito (Visa, Mastercard o American Express), ingresando los datos del plástico y su titular.
Abonar en efectivo en los locales de las redes Pago Fácil, Rapipago y Cobro Express.
• Una vez realizado el pago, se debe conservar el comprobante. No se necesitarán más gestiones, ya que la Justicia Electoral recibirá automáticamente el aviso correspondiente.
• Sin infracciones previas sin regularizar: $50.
• Con 1 infracción previa sin regularizar: $100.
• Con 3 infracciones previas sin regularizar: $400.
• Con 4 o más infracciones previas sin regularizar: $500.
La Dirección Nacional Electoral (DNE) recordó que si un ciudadano o ciudadana no votó en las últimas elecciones puede sufragar sin inconvenientes hoy en el marco de las primarias abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO).
La participación en las elecciones nacionales es obligatoria para las personas entre 18 y 70 años, tanto en las primarias de este domingo como en las generales previstas para octubre.
En tanto, las personas que no asistan hoy a votar quedarán inscriptas en el Registro Nacional de Infractores al Deber de Votar y deberán pagar una multa si no justifican su inasistencia ante la secretaría electoral de cada jurisdicción.
No obstante, quienes no voten en las PASO tienen el derecho y la obligación de realizarlo en las elecciones generales del 22 de octubre.
Quien no justifique su inasistencia, además de una multa económica, no podrá ser designado para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección; y quien no pague la multa no podrá realizar gestiones o trámites ante los organismos estatales nacionales, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires durante un año.
Los exceptuados de asistir a votar son:
- los que se encuentren a más de 500 kilómetros de distancia del lugar donde se tiene que votar que deben justificar ante la autoridad policial más próxima que esa situación obedece a motivos razonables.
- los que estén enfermos o imposibilitados de asistir al establecimiento de votación por razones de fuerza mayor suficientemente comprobadas y justificadas ante médicos del servicio de sanidad nacional.
- los que son parte de un organismo o empresa de servicios públicos y por razones relacionadas al cumplimiento de funciones está impedido de asistir a votar.
- los jueces o auxiliares que, por disposición del Código Electoral Nacional, tienen que asistir a su oficina y mantenerla abierta durante los comicios.
En tanto, las autoridades electorales sugieren ir temprano a votar, especialmente en la provincia de Buenos Aires, por la gran cantidad de categorías a elegir, y en la ciudad de Buenos Aires, donde se votará con una modalidad inédita que combinará la boleta de papel para los cargos nacionales y la electrónica para las categorías locales.
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