Tras la disposición judicial que prohíbe en la Ciudad de Buenos Aires la actividad de las firmas Rappi, Glovo y Pedidos Ya, la Secretaría de Transporte porteña recusó al juez Roberto Gallardo, titular del Juzgado N° 2 en lo Contencioso Administrativo y Tributario.
Según la presentación realizada por el gobierno porteño, el magistrado "efectúa juicios de valor acerca de los hechos debatidos en los autos principales, que evidencian la imposibilidad de efectuar un análisis equilibrado y equidistante de la cuestión sometida a su análisis, lo cual obliga a mi mandante a recusar nuevamente al magistrado".
Por su parte, el representante legal del gremio de empleados de plataformas manifestó su desacuerdo con la medida dictada por Gallardo, aunque advirtió que hay un "incumplimiento de las leyes importantes" por parte de esas empresas.
"El fallo pone blanco sobre negro respecto de una realidad que ya está en la agenda de que estas empresas no cumplen con una cantidad de regulaciones laborales necesarias y tampoco las municipales o provinciales", manifestó el abogado de la Asociación de Personal de Plataformas (APP), Juan Manuel Ottaviano.
Ordenan prohibir Rappi, Glovo y Pedidos Ya en CABA
El magistrado impuso la medida "hasta tanto" las firmas "acrediten haber dado cumplimiento a los mínimos requisitos legales comprendidos en el capítulo 13 del Código de Tránsito y Transporte porteño".
Gallardo señaló en su fallo que "como surge del relevamiento efectuado por la Policía de la Ciudad, el servicio de mensajería urbana y reparto a domicilio de sustancias a domicilio llevado a cabo en la CABA por las firmas prestatarias, se realiza en franca transgresión a la normativa vigente, y sin que se les exija al menos, dar cumplimiento a las normas básicas en materia de seguridad del Código de Tránsito y Transporte y del Decreto Reglamentario 198/18".
La Policía de la Ciudad, a requerimiento del Juzgado, había realizado un relevamiento de más de 400 ciclorodados, donde el 77 por ciento circulaba con el portaobjetos cargado en su espalda; el 70 por ciento desempeñaba tareas sin seguro alguno; y por último, un 67 por ciento circulaba sin casco.