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08 de octubre 2026 - 18:53
Casación rechazó el pedido de Máximo y Florencia Kirchner para frenar el decomiso de bienes

Los hijos de Cristina Fernández de Kirchner no fueron condenados en el juicio por Vialidad, pero la Justicia determinó que sus posesiones provenían de un origen ilícito y las incluyó en el proceso de decomiso.

La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal rechazó el intento de Máximo y Florencia Kirchner de suspender el proceso de decomiso de sus bienes en la causa Vialidad, en la que la Justicia busca recuperar 685.000 millones de pesos.

Los hijos de Cristina Fernández de Kirchner no fueron condenados en esa causa, pero la Justicia determinó que sus posesiones provenían de un origen ilícito y las incluyó en el proceso de decomiso. Sin embargo, todavía existe un recurso de queja pendiente de resolución ante la Corte Suprema.

El fallo lleva las firmas de los jueces Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Diego Barroetaveña, quienes analizaron las impugnaciones contra una resolución del Tribunal Oral Federal N° 2, que el 14 de septiembre de 2026 había rechazado los planteos destinados a frenar las actuaciones patrimoniales.

Máximo Kirchner, frente al edificio de San José 1111, donde Cristina cumple prisión domiciliaria.

El abogado Luis Joel Goldin, representante de Máximo y Florencia Kirchner, había recurrido aquella decisión ante Casación. La defensa cuestionó que el tribunal oral demorara el tratamiento de su pedido para suspender el incidente de ejecución y las medidas cautelares mientras permanece pendiente ante la Corte Suprema el recurso vinculado con la procedencia del decomiso.

Según la defensa, continuar con las medidas patrimoniales antes de que el máximo tribunal se pronuncie podría afectar su jurisdicción y tornar ilusorio un eventual fallo favorable. Goldin también sostuvo que la ejecución vulneraría garantías constitucionales como el debido proceso, la defensa en juicio y el derecho de propiedad, además del principio de trascendencia de la pena.

El planteo también alcanzó a las acciones que Máximo y Florencia Kirchner tienen en Hotesur S.A. y Los Sauces S.A. Sebastián José Sánchez, director titular de ambas sociedades y patrocinado por el mismo abogado, presentó un recurso de casación.

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Las sociedades cuestionaron el mantenimiento de los embargos sobre 13 inmuebles mientras se encuentra postergada su participación en el expediente. Sánchez sostuvo que las medidas cautelares congelan los activos de mayor valor de las compañías y afectan su funcionamiento comercial, además de remarcar que las empresas tienen una personería jurídica y un patrimonio diferenciados de sus accionistas.

La Sala IV consideró que los recursos no cumplían con los requisitos formales para habilitar su intervención. Hornos señaló que la resolución del Tribunal Oral Federal N° 2 no constituye una sentencia definitiva ni una decisión equiparable, porque no pone fin al proceso, no extingue la pena ni impide que continúen las actuaciones.

Los camaristas también señalaron que el tribunal oral no rechazó de manera definitiva los pedidos de las defensas, sino que postergó su tratamiento. Por ese motivo, consideraron que los recurrentes no demostraron la existencia de un perjuicio concreto, actual y de imposible reparación posterior.

En cuanto a los embargos, la Cámara recordó que se trata de medidas de carácter preventivo que no modifican la titularidad registral de los inmuebles ni anticipan cuál será el destino definitivo de los bienes. También sostuvo que la existencia de un recurso de queja pendiente ante la Corte no impide al tribunal oral realizar actos preparatorios o disponer medidas cautelares para asegurar la eficacia del decomiso.

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Respecto de Hotesur y Los Sauces, los jueces aclararon que el pedido del Ministerio Público Fiscal sobre los bienes de las empresas todavía no fue trasladado ni debatido entre las partes. Por esa razón, consideraron que la postergación de su participación no afecta su derecho de defensa, ya que podrán formular sus planteos cuando se discuta formalmente la afectación de sus bienes.

Borinsky adhirió al rechazo y recordó que la Sala IV ya había convalidado los parámetros para llevar adelante la ejecución del decomiso, incluyendo la intervención del Ministerio Público Fiscal para identificar los bienes y proponer las medidas necesarias. Barroetaveña coincidió en lo sustancial con sus colegas y consolidó la unanimidad del fallo, que permite continuar con el trámite patrimonial mientras permanece pendiente la definición de la Corte Suprema.