Mario Villar es fiscal en la Cámara Federal de Casación Penal.
Fuente judiciales citadas por Infobae detallaron que la fiscalía en su apelación también había solicitado que se aplique la asociación ilícita a Báez, al ex secretario de Obras Públicas, José López; al ex titular de la Dirección Nacional de Vialidad Nacional, José Periotti; y al ex ministro de Planificación Federal Julio De Vido, quien fue absuelto, lo que también fue apelado.
“La principal arbitrariedad que exhibe la sentencia en crisis radica en la confirmación de la absolución de Báez, Fernández de Kirchner, De Vido, López y Periotti por el delito de asociación ilícita”, sostuvo Villar en su apelación de 40 páginas al fallo de Casación.
“Según se probó suficientemente en el debate, ellos, junto al fallecido ex presidente Néstor Kirchner instauraron y tomaron parte en una matriz de corrupción que, mediante la división de roles definidos estratégicamente (dentro y fuera de la estructura administrativa del Estado), la cual fue sostenida ininterrumpidamente a lo largo de más de 12 años y estuvo orientada a cometer múltiples delitos para detraer y apoderarse ilegítimamente de millonarios fondos públicos”, agregó el funcionario judicial en su escrito.
Villar hizo toda una explicación técnica de por qué se trató de una asociación ilícita y no, como argumentó por mayoría Casación, que las irregularidades en las 51 obras públicas fueron un único hecho por lo que no corresponde aplicar la asociación ilícita. “En especial, con relación al delito de asociación ilícita, el fallo impugnado propone una exégesis irrazonable de la norma aplicada, que la desvirtúa y la torna inoperante”, sostuvo.
Lázaro Báez, otro de los implicados en la Causa Vialidad.
El fiscal hizo un último apartado de consideraciones finales en el que sostuvo que a los acusados del caso “se los beneficia con una pena impuesta de seis años, que aparece a los ojos de cualquiera, jurista o no, como absolutamente desproporcionada por lo baja y que comunica a la sociedad, y a los presentes y futuros funcionarios, que es mejor repetir el delito, pues el beneficio es alto y la pena baja; si es que en algún momento llega a ser efectiva”.
Así puso como ejemplo casos de robos con penas de seis años y 10 meses de prisión: “dos robos agravados reciben una pena más elevada que una serie de defraudaciones, repetida 51 veces a lo largo de doce años por una ex presidenta de la Nación, situación que se reitera con las penas aplicadas a los otros funcionarios intervinientes y que, a su vez, están imputados por asociación ilícita”. “La asociación ilícita se aplica a los traficantes de drogas, a los tratantes de personas, a los ladrones en banda, a líderes de las llamadas organizaciones sociales y a causas por delitos de lesa humanidad, pero no a políticos”, concluyó.