Este domingo se llevaron a cabo las elecciones para elegir Presidente. Qué pasa si alguien no fue a votar y cuáles son las consecuencias.

Este domingo 22 de octubre los argentinos fueron a las urnas para elegir Presidente, nuevas autoridades en el Congreso y en el Parlasur. A pesar de ser obligatorio, sólo votó el 74% del padrón. ¿Qué pasará con el resto? ¿Habrá penalidades?

En el país, el sufragio es universal, secreto y obligatorio, por lo que deben participar obligatoriamente todos los ciudadanos a partir de 18 años y hasta los 70. Esto aplica a las personas que se encuentran inscriptas en el padrón nacional electoral.

Elecciones 2023: ¿qué pasa si no fui a votar?

Los ciudadanos que no fueron a votar y no puedan justificarlo frente a la Justicia Nacional Electoral, serán ingresados al Registro de infractores al deber de votar luego de 60 días y tendrán:

-Una multa económica que varia entre $50 y $500.

-No podrán ejercer ningún cargo o empleo público por tres años.

-Tendrán una inhibición para realizar trámites durante un año en organismos nacionales, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Elecciones 2023: ¿cómo justificar que no fui a votar?

Si se tiene un justificativo válido se deberán acercar con el documento a la comisaria más próxima y solicitar una certificación escrita. Luego deberá ser presentada ante la Cámara Nacional Electoral (CNE) dentro de los 60 días posteriores a la elección.

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Elecciones 2023: dónde y cómo se paga la multa por no ir a votar

La multa por no ir a votar puede abonarse en la secretaria electoral del distrito correspondiente. Las diferentes sedes provinciales se pueden encontrar en la página oficial de la Justicia electoral, donde se detalla dirección, teléfonos de contacto y correo electrónico.

Quiénes están exentos de votar

El Código Electoral Nacional en el artículo 12 contempla determinaos exceptuados de ir a votar, entre ellos se encuentran:

-Las personas que se encuentren a más de 500 kilómetros de donde deban votar y tengan un motivo razonable.

-Las personas que se encuentren enfermas o imposibilitadas por fuerza mayor deberán estar justificadas por médicos el servicio de sanidad nacional.

-Los jueces y auxiliares que asistan a las oficinas para mantenerlas abiertas en esa fecha.

-El personal de empresas y organismos de servicios públicos que por cumplimiento de sus tareas no puedan votar.

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