Los plazos irán desde el 1 de julio hasta el 30 de septiembre. Además, establecieron la zona de prohibición.
La Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo argentino-uruguaya estableció un área de veda precautoria de invierno para merluza en la zona común de pesca para contribuir a la debida conservación y protección del recurso.

La medida fue dispuesta a través de la resolución 3/2012, publicada hoy en el Boletín Oficial, y los plazos de veda establecida van del 1 de julio hasta el 30 de septiembre de este año, inclusive.
La resolución se refiere al establecimiento de áreas de veda que protejan las concentraciones de adultos en reproducción y de juveniles de la especie en la Zona Común de Pesca.

Se estableció un área de veda precautoria de invierno entre los siguientes puntos geográficos: a)35º51’S-53º50’W; b)36º01’S-53º37’W; c)37º04’S-54º12’W; d)37º26’S-54º35’W y e)37º01’S-55º14’W.
En esa zona queda prohibida la captura de la merluza como así también el uso de artes de arrastre de fondo dirigidas a especies demersales.

Unicamente podrán operar en dicha área aquellos buques que tengan como objetivo la captura de especies pelágicas, quedando autorizada dicha actividad pesquera en horas diurnas exclusivamente, se aclara.

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