La medida también afectó a su hermano Atilio. El ruralista dijo que se enteró de la noticia “por los medios” y señaló que no le llegó “ninguna notificación”.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) suspendió del Registro Fiscal de Operadores en la Compra Venta de Granos y Legumbres Secas al director de la Federación Agraria de Entre Ríos, Alfredo De Angeli, por no informar la condición de arrendamiento o propiedad de un campo que explotaba.
La medida -que en la práctica implicaba la posibilidad de una mayor carga tributaria para la comercialización de granos- fue adoptada a través de la resolución 2.300 de la AFIP publicada hoy en el Boletín Oficial, y la suspensión afecta también al hermano del dirigente, Atilio De Angeli.
Alfredo De Angeli, dijo a que se enteró de la noticia “por los medios” y señaló que no le llegó “ninguna notificación”.
Asimismo, reconoció que “puede ser que se trate de alguna cuestión relacionada con la sociedad que yo tenía con mi hermano Atilio, que disolvimos hace dos años”, aunque aclaró que ese trámite aún se encuentra en proceso.
Sobre el origen de la resolución publicada hoy, señalaron que la AFIP detectó 840 casos en que propiedades con explotación agropecuaria no habían informado condición de arrendamiento o propiedad.
‘A partir de esta situación es que enviamos notificaciones y de los 840 casos, el 1° de junio había quedado 200 y los 62 que salieron publicados hoy no contestaron”, explicó el vocero y agregó que de esta forma “se busca una depuración del padrón para no tener productores que no estén trabajando”.
Asimismo, aclaró que “en cuanto se presentan los papeles se vuelve a dar de alta inmediatamente sin ningún perjuicio”.
‘Nunca vi que publiquen en los medios cuando algún funcionario kirchnerista tiene problemas con la AFIP”, objetó De Angelis sobre este tema.
Si el productor figura en el registro en el momento de la venta cobra esos 100 pesos más un 2,5 por ciento de IVA, el 8 por ciento restante se le retiene, y en un plazo determinado -pueden ser 3 ó 6 meses o un año, la AFIP le reintegra el 7 por ciento (con lo cual la retención final es de 1 por ciento).
Si en cambio, no figura en ese registro, se le retiene totalmente ese 10,5 por ciento de IVA. En el caso de Ganancias, ocurre lo mismo; es decir si el productor no figura en el Registro se le retiene un 15 por ciento por ese tributo, en lugar de un 2 por ciento.
comentar