El magistrado, en primera instancia, había dado lugar al amparo presentado por la Asamblea de Pequeños y Medianos Empresarios (APYME).
Los integrantes de la Cámara, Eduardo Avalos, Ignacio María Vélez Funes y Graciela Montesi, tomaron la decisión por unanimidad. El Gobierno, a través del Ministerio de Energía y Minería, había apelado el fallo de Vaca Narvaja, con el argumento de la falta de representatividad de APYME de todo el sector perjudicado por el alza de las tarifas.
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"El Alto Tribunal –por la Corte Suprema de Justicia- ha sido muy insistente en remarcar que quienes pretenden iniciar procesos colectivos deben ofrecer una definición cierta, objetiva y fácilmente comprobable de la clase, lo cual exige caracterizar suficientemente a sus integrantes de forma tal que resulte posible a los tribunales corroborar, en la etapa inicial del proceso, tanto la existencia de un colectivo relevante como determinar quiénes son sus miembros", planteó el fallo conocido hoy.
Los jueces entendieron que la presentación de Apyme "resulta de una heterogeneidad tal que no cumple con los estándares definidos, dado que abarca a una variada e indeterminada gama de usuarios no residenciales, como pequeños y medianos industriales, comerciantes, prestatarios de servicios, productores agrarios, sectores medios, cuentapropistas, profesionales y otros".
De esta manera, coincidieron en aseverar que "no existe la posibilidad de identificar en forma precisa el colectivo involucrado".
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