En el caso de que el alumno tenga que faltar, un adulto responsable deberá certificar la inasistencia

La educación en la provincia de Buenos Aires es obligatoria desde los cuatro años hasta los 18, y en el nuevo Régimen Académico del Nivel Primario se plantea que los niños deben alcanzar el 80 por ciento de la asistencia anual.

 En el caso de que el alumno tenga que faltar, un adulto responsable deberá certificar la inasistencia. En el régimen se explicita que si un alumno no concurre a clase durante 48 horas, el director de la institución deberá comunicarse con la familia o el responsable del niño para lograr el reintegro a clases del alumno.

 Si pasa más de una semana en la que el niño no va a la escuela, y en el caso en el que no se pueda establecer un contacto con la familia, el equipo de orientación escolar deberá ir a la casa para ver qué es lo que ocurre. Y si la situación se sostiene en el tiempo, el inspector de enseñanza y el inspector de psicología deberán intervenir para brindar una solución y que el niño no abandone la escuela.

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