Una mujer que facilitó la entrada y permanencia en el país de una decena de peruanos, uno de ellos discapacitado, para su explotación laboral en un taller textil, fue condenada a cinco años de prisión por la Cámara Federal de Casación Penal (CFCP).

El fallo lo dictó la Sala IV de la Cámara al revocar la absolución que un tribunal oral federal de San Martín había dispuesto a favor de Rina Ruíz Cerrón, titular de un taller de costura ubicado en Capitán Güemes y General Pinto, casa 14, en Villa Celina, partido de La Matanza.

El tribunal integrado por los camaristas Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Juan Carlos Gemignani consideró los argumentos de la defensa en base a testimonios de las víctimas que indicaban que todos integraban "una gran familia", pero destacó que al absolver a Ruiz Cerrón no se tuvo en cuenta la situación de "vulnerabilidad" de los peruanos que, por su "precariedad económica", se sometieron a un "trabajo esclavo".

Captados en su país de origen con promesas de un buen empleo y posibilidades de progreso, los ciudadanos de Perú ingresaron a Argentina con pasajes que abonó Cerrón Ruíz y que luego se les descontaban en cuotas de sus magros salarios “en negro”, según el fallo.

A los extranjeros se les retenía sus pasaportes, cumplían jornadas de más de 10 horas y vivían en el mismo lugar donde desempeñaban labores, sin llaves del inmueble, lo que impedía que pudieran salir o regresar al inmueble sin permiso.

La justicia comprobó que las víctimas llegaron a Argentina entre 2013 y 2015, que ganaban aproximadamente 3.500 pesos por mes y que desconocían la ciudad de Buenos Aires o sitios aledaños al inmueble donde trabajaban en condición de esclavitud.

"La situación de vulnerabilidad de todas las víctimas operó como factor clave para la aceptación" de esas condiciones, que fueron aprovechadas por la imputada "para que trabajaran para ella y así obtener amplias ventajas económicas que no tenían su correspondencia con la retribución" que pagaba.

"Ninguna de las víctimas afirmó haber efectuado una salida al exterior del taller en forma autónoma" y las que hacían los domingos "eran bajo la exclusiva órbita" de la imputada, agregó el tribunal, que remarcó que "los alimentos y el alojamiento (que tenían) no son más que presupuestos básicos para la explotación".

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