Más conocidos como "Veraz", lo que hay que saber acerca de cómo empresas y particulares divulgan la información de las personas.
Los informes crediticios son conocidos vulgarmente como 'Veraz' por la difusión masiva de una de las primeras empresas que lo desarrollaron con fuerza en nuestro país. Y justamente como se trata de una actividad comercial como otras, su negocio es 'vender información'. Tanto a empresas como a particulares.
Muchas veces nos pasa que vamos a pedir un préstamo personal o una tarjeta de crédito y nos rechazan la solicitud explicándonos que estamos 'en el Veraz', que tenemos un informe crediticio negativo.
Pero ¿cuáles son los límites?, ¿cómo podemos corregir situaciones que nos perjudican?, ¿qué tipo de controles podemos realizar sobre las empresas que manejan nuestros datos?
Son cada vez más las empresas que se dedican a recopilar y difundir información relacionada con la solvencia patrimonial y la capacidad crediticia de las personas. Y la mayoría desconoce cuál es el alcance del servicio que prestan y de qué manera pueden controlar si la información que difunden se ajusta a los requisitos exigidos por la Ley 25.326 de Protección de Datos Personales.
La Argentina cuenta con una ley vigente que obliga a toda empresa o institución que acumule, procese y comercialice información de datos públicos o privados, a un tratamiento que proteja al titular de los datos, que no menoscabe su intimidad, que asegure el derecho a prestar previa conformidad para la obtención de sus datos, a la reserva de datos sensibles, a la rectificación de los datos erróneos y sobre todo al 'acceso amplio y gratuito' de los datos completos que se dispongan sobre él.
Es decir que sin perjuicio que hoy existen varios sitios donde consultar gratuitamente los datos que sobre todo el sistema financiero tiene de nosotros (como la del Banco Central http://www.bcra.gov.ar/ o Veraz http://www.miverazgratis.com.ar/); disponemos el derecho de presentarnos con nuestro DNI a toda empresa que disponga de datos nuestros para solicitarle nos entreguen en forma gratuita todos esos datos y su eventual corrección si hubiera errores o falsedades en los mismos.
Recordamos algunos consejos sobre el tema que pueden resultar de utilidad.
¿Qué datos se incluyen en un informe comercial y crediticio?
El art. 26 de la Ley 25.326 establece que en la prestación de servicios de información crediticia sólo pueden tratarse datos personales de carácter patrimonial relativos a la solvencia económica y al crédito, obtenidos de fuentes accesibles al público o procedentes de informaciones facilitadas por el interesado con su consentimiento.
¿Cuáles son las fuentes que utilizan las empresas?
La mayor cantidad de datos provienen de fuentes de acceso público, como el Boletín Oficial, la Inspección General de Justicia, la AFIP o el Banco Central. También suelen incluir información vinculada a juicios comerciales iniciados contra la persona a la que se refiere el informe. Asimismo contienen datos remitidos por entidades financieras.
¿Hay que pagar para obtener un informe comercial propio?
No. Cómo ya se señaló, toda persona tiene derecho a solicitar y obtener en forma gratuita, y en un lenguaje claro, toda la información que sobre su persona se encuentre registrada en un archivo, registro, base o banco de datos de información personal. El plazo para recibir la información no puede ser mayor a los 10 días corridos.¿Se puede modificar la información que difunden las empresas de informes comerciales? La Ley 25.326 permite que el titular del dato pueda solicitar que se modifique o actualice la información, que se agreguen o aclaren datos, o que se eliminen aquellos que sean falsos, inexactos o respecto de los cuales se hayan cumplido los plazos de caducidad.
¿En cuánto tiempo debe actualizarse o eliminarse la información errónea?
Siempre que la solicitud sea fundada, el responsable de la base de datos deberá rectificar, suprimir o actualizar la información dentro de un plazo máximo de 5 días hábiles de recibido el reclamo o de haber tomado conocimiento del error, falsedad o desactualización.
¿Durante cuánto tiempo puede figurar la información?
No existe un límite exacto de tiempo para publicar información positiva y favorable al titular del dato. No ocurre lo mismo en el caso de la información negativa, ya que la Ley establece plazos de caducidad para su almacenamiento y difusión para garantizar el 'derecho al olvido'.
¿Qué es el 'derecho al olvido'?
El art. 26 de la Ley 25.326 establece que los informes comerciales y crediticios sólo pueden contener datos personales que sean significativos para evaluar la solvencia económico-financiera de las personas durante los últimos 5 años. Una vez transcurrido ese plazo, la información debe eliminarse.