Se trata de un violento fenómeno en crecimiento, con personas que resisten asaltos en hechos que derivan en la muerte de delincuentes. Un trabajo estadístico precisó casos por "legítima defensa".

El caso de un efectivo policial que vestido de civil mató a un motochorro que quiso robarle su moto en la localidad bonaerense de Moreno, puso de manifiesto un violento fenómeno en crecimiento, con personas que resisten asaltos en hechos que derivan en la muerte de delincuentes. Así, un trabajo estadístico precisó que en el último año se registraron 180 homicidios por "legítima defensa" en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA),

El dato fue dado a conocer por un informe llevado a cabo por la ONG Defendamos Buenos Aires que, con la asistencia del Estudio Miglino y Abogados, sostuvo que "en el último año hubo al menos 180 homicidios cometidos en legítima defensa, es decir a partir del presupuesto de que una persona, sea un ciudadano común o un agente de las fuerzas de seguridad, debió repeler un ataque, causando la muerte del agresor, a partir de que éste ponía en riesgo su propia vida, la de un tercero o los bienes personales".

"La legítima defensa, siempre vuelve a llamar la atención social, a partir de casos emblemáticos como el del policía, un sargento de la Policía bonaerense, que abatió a un criminal en Moreno que le había robado, a punta de pistola, su moto y el efectivo policial le disparó, temiendo por su propia vida y la de su novia. Es destacable que la doctrina moderna fundamenta la legítima defensa en dos pilares: la protección de la persona y la necesidad de que prevalezca el orden jurídico. El instituto otorga un derecho limitado a la defensa necesaria en el caso que se trate de agresiones con armas, a la vida o integridad corporal, mas tarde este derecho se va extendiendo a la defensa de otros bienes jurídicos, como una moto o un auto, siempre dentro de los limites de la proporcionalidad", comenzó Javier Miglino, director de la citada ONG.

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Y continuó: "La legítima defensa para ser indiscutible en el plano judicial debe surgir como respuesta de una agresión ilegítima, actual o inminente, por parte de la víctima o de un tercero, contra el agresor, guardando proporcionalidad entre el elemento utilizado para defenderse y el elemento usado por el agresor. Es decir, si se mata con un arma de fuego a quien intenta agredir con un arma de fuego o incluso un arma blanca, todo terminará en un sobreseimiento. En cambio, si se dispara con un arma de fuego a quien amenaza con dar un golpe de puño, las cosas se complican". Por otro lado, Miglino se refirió al caso de Fernando Báez Sosa: "Nadie puede olvidarse de la manada asesina que mató a Fernando. Por eso, si una persona resulta agredida por unos adolescentes ‘pendencieros’, aún tratándose de menores de edad, está indicado por la doctrina reconocer su legitima defensa, porque el agredido no puede saber si posteriormente en el transcurso del proceso penal se les reconocerá o no a los jóvenes la madurez moral y espiritual precisa para su responsabilidad y con ello su culpabilidad". Además, explayó que "también se da el caso de la legítima defensa cuando el ladrón simplemente quiere apoderarse de bienes de la víctima (moto, auto, etc), o bien intenta dañarlos impúnemente". "La víctima debe intentar el menor daño posible al agresor para repeler la agresión pero no por ello tiene que aceptar la posibilidad de daños a su propiedad o lesiones en su propio cuerpo, sino que está legitimado para emplear como medios defensivos aquellos que tenga a la mano para eliminar el peligro", agregó. Finalmente, Miglino concluyó: "En todos los casos, siempre es mejor prevenir, a cuyo efecto Defendamos Buenos Aires comparte el correo de la entidad para denunciar a vecinos peligrosos y/o grupos de jóvenes patoteros que, como la horda que mató a Fernando Báez Sosa, campean a sus anchas por la Ciudad de Buenos Aires y el Conurbano bonaerense. El correo es: [email protected]. Haremos el reclamo con absoluta reserva de identidad".

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