Los proveedores de servicios de pago no podrán realizar ni facilitar operaciones con activos digitales y criptomonedas, según dispuso la entidad.

Las fintech o los proveedores de servicios de pago que ofrecen cuentas de pago (PSPCP) no podrán realizar ni facilitar a sus clientes las operaciones con activos digitales, incluidos las criptomonedas, no regulados por la autoridad nacional competente y autorizados por el Banco Central de la República Argentina (BCRA), informó este jueves el organismo monetario.

La normativa, por lo tanto, les impide a los PSPCP efectuar este tipo de operaciones por sí mismos ni ofrecer iniciarlas desde sus aplicaciones o plataformas web.

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Por ofertar o facilitar se entiende la disponibilidad de botones de compra automatizados para el usuario, explicó el BCRA, que aclaró que las personas interesadas deberán realizar la operación por su cuenta.

La medida procura mitigar los riesgos que las operaciones con estos activos podrían generarles a las personas usuarias de servicios financieros y al sistema nacional de pagos, indicó la autoridad monetaria.

https://twitter.com/BancoCentral_AR/status/1654216302494461952

La norma equipara las reglas que deben cumplir esos proveedores de servicios de pago y las entidades financieras, que ya cuentan con una restricción de igual tenor desde mayo de 2022.

En mayo de 2021, el Banco Central y la Comisión Nacional de Valores (CNV) publicaron una alerta a efectos de proveer información sobre eventuales implicancias y riesgos que los criptoactivos pueden acarrear, así como recomendar una actitud prudente a fin de mitigar una eventual fuente de vulnerabilidad para las personas usuarias e inversores.

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Nueva medida oficial: el Banco Central prohíbe a las fintechs operar con criptomonedas.

Nueva medida oficial: el Banco Central prohíbe a las fintechs operar con criptomonedas.

El Banco Central mejoró las condiciones de descuento para las Facturas de Crédito Electrónicas

El Banco Central de la República Argentina (BCRA) resolvió este jueves mejorar las condiciones de descuento de las Facturas de Crédito Electrónicas MiPyME (FCEM), lo que permitirá a las entidades financieras trasladar los beneficios a las pequeñas y medianas empresas.

En un comunicado, la autoridad monetaria señaló que la medida se suma a otras ya dispuestas por el BCRA, con el objetivo primordial de ampliar las alternativas de financiación para las MiPyMEs y, en el caso concreto de la FCEM, de incrementar y facilitar su uso con una operatoria más sencilla y afín a la práctica diaria de las medianas y pequeñas empresas.

El BCRA puntualizó que con la reglamentación del Sistema de Circulación Abierta (SCA) de Facturas de Crédito Electrónicas MiPyME a través de las entidades bancarias, las MiPyMEs pueden transmitir y descontar la FCEM de forma rápida y sencilla desde su cuenta bancaria.

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El comunicado destaca que "estas operaciones se pueden realizar a través de una pestaña habilitada para las MiPyMEs en su home banking. Las transmisiones son gratuitas y las entidades financieras no pueden cobrar comisiones. Ahora, al permitir que las entidades financieras que descuenten estos instrumentos las consideren como crédito, se mejora las condiciones financieras que reciben las MiPyMEs"

La entidad remarcó que el uso de la FCEM por parte de las MiPyMEs registra una tendencia creciente. La cantidad de Facturas de Crédito Electrónicas que utilizaron las pequeñas y medianas empresas como herramienta para financiarse creció en el último año un 34% en promedio mensual.

Desde su vigencia en abril de 2021, aproximadamente 1.300.000 FCEM pasaron al SCA. Es decir, el 62% de las FCEM aceptadas fueron puestas a disposición en el home banking de las pequeñas y medianas empresas emisoras para su gestión y cobro mediante compensación interbancaria.

El impulso a la Factura de Crédito Electrónica MiPyME forma parte de un trabajo conjunto entre la AFIP, el Banco Central y la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y los Emprendedores del Ministerio de Desarrollo Productivo.

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