Hoy voy a cambiar la temática habitual de referirme a un solo tema para ofrecerles una serie de sugerencias que pueden ser útiles para mucha gente en distintas situaciones. La factura. El ticket o factura representa un documento de suma importancia para ejercer nuestros derechos, porque permite establecer fehacientemente que yo compré ese producto o servicio que motiva mi denuncia. Es recomendable que este documento contenga la descripción de la cosa, los datos del comerciante o empresa, plazos y condiciones de entrega, mención de la garantía, el precio y las condiciones de pago. Venta domiciliaria. Cuando un consumidor realiza una compra en su domicilio, disponemos de 10 días corridos para rescindir dicha operación comercial. Contratación a través de sms. Es muy importante saber con quién se contrata un servicio y cuáles son las modalidades de la prestación del mismo. El consumidor no puede desconocer esta información. Si la empresa se negara a ofrecerla, habilitará al contratante a presentar una denuncia por infracción al artículo 4º de la ley 24.240 por falta de información. Salud. No existen períodos de carencia ni preexistencias en materia de medicina prepaga si usted fue aceptado como socio. No pueden establecerse tiempos mínimos de espera para poder gozar de determinadas prestaciones, ni cargos adicionales fuera de los expresamente indicados en el plan médico obligatorio (P.M.O). Se estableció la obligación de cubrir los tratamientos psiquiátricos, del HIV y problemas de drogadicción sin cargo para el asociado. Telefonía celular. Ninguna empresa puede obligarlo a cambiar de plan unilateralmente. Usted puede cambiar de empresa si cumplió con los plazos de permanencia que pactó contractualmente. Está prohibido el cobro de cualquier cargo que impida el cambio de una empresa a otra o que afecte la libre competencia. Duración de los contratos. Si firmó un contrato en el que se compromete a permanecer durante un año recibiendo el servicio, debe cumplirlo. Sin embargo, si durante ese lapso la empresa no le ha brindado el servicio de acuerdo a las condiciones pactadas, usted puede rescindir el contrato antes del tiempo establecido, ya que el incumplimiento lo ha realizado la empresa. Baja de un servicio. Es recomendable dar la baja del servicio mediante una nota por duplicado ante la empresa prestadora de servicios. Una copia sellada por la empresa debe quedar en poder del consumidor como comprobante del trámite. A partir de la sanción de la ley 26.361, los servicios pueden darse de baja de la misma forma en que se los contrató, es decir, que se puede solicitar la baja tanto por fax, mail y /o llamados telefónicos. Este artículo de la ley se aplica para todo servicio contratado con posterioridad al 16 de abril de 2008. Bajas con deuda. El consumidor puede dar de baja cualquier servicio por más que tenga deuda con la empresa. La baja del servicio no exime al deudor de sus responsabilidades contractuales. Garantías. Todos los productos durables tienen por lo menos seis meses de garantía, aunque no le hayan dado un documento que lo acredite. El tiempo que un producto en garantía pase en el servicio técnico amplía la duración de la misma. Si es necesario trasladar el producto, la empresa que cubre el servicio técnico debe hacerse cargo del flete. Bancos. Si al recibir el resumen de la tarjeta de crédito aparecen gastos desconocidos, tiene un plazo de treinta días para impugnarlos. En ese lapso no se debe abonar el cargo en cuestión hasta que el banco investigue el origen del mismo. Aún teniendo deuda con el banco emisor se puede dar de baja la tarjeta de crédito.

Contacto

Registro ISSN - Propiedad Intelectual: Nº: RL-2025-11499155-APN-DNDA#MJ - Domicilio Legal: Intendente Beguiristain 146 - Sarandí (1872) - Buenos Aires - Argentina Teléfono/Fax: (+5411) 4204-3161/9513 - [email protected]

Edición Nro. 15739

 

Dirección

Propietario: Man Press S.A. - Director: Francisco Nicolás Fascetto © 2017 Copyright Diario Popular - Todos los derechos reservados