El Estado argentino fue declarado responsable internacionalmente por la violación de los derechos humanos a la propiedad comunitaria indígena.

El caso Lhaka Honhat (nuestra tierra en wichi) es un histórico reclamo por 400 mil hectáreas en el chaco salteño que 132 comunidades originarias ganaron en la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) y obliga al Estado argentino a materializar derechos de los pueblos indígenas (PPII).

Julio García, histórico abogado de PPII y con varias sentencias a favor de casos como las masacres de Napalpí (1924) o Rincón Bomba (1947) contra los qom y los pilagá respectivamente, destacó como un gran logro judicial la condena de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) por el caso Lakha Honhat.

"Por primera vez se condena a nuestro país por la violación de derechos de los PPII. El pasado 6 de febrero y después de varios decenios la CoIDH, dictó un fallo favorable en materia de derechos territoriales que el Estado debe efectivizar en cabeza de las comunidades demandantes, en un territorio, único, indivisible e intransferible, escriturado y libre de pobladores no indígenas", detalló García.

Agregó que la sentencia contiene una interpretación del artículo 26 de la Convención Americana referida a Derechos Ambientales a favor de los PPII que es "muy innovador," porque está "íntimamente interrelacionada con el derecho al agua, a la alimentación y atravesado por la interculturalidad, así lo expresa de manera amplia y razonable el fallo".

García destacó que aunque la reforma constitucional en 1994 introdujo un cambio en las relaciones entre los Estados y los pueblos indígenas (PPII) en la Argentina, aún existe una deuda con los originarios.

"El sistema normativo no fue actualizado, no se avanzó en leyes ni se puso en marcha una agencia estatal de política indígena sólida en recursos. La estructura judicial, sus operadores, en general a nivel nacional, federal o provincial, siguen teniendo resistencias respecto a los PPII”, agregó.

ADEMÁS:

Armenia y Azerbaiyán acordaron el cese del fuego en Nagorno Karabaj

Asimismo destacó que en los últimos años “la sociedad argentina ha sabido comprender y entender el derecho a la diferencia de los pueblos indígenas, con mayor participación y reconocimiento”.

La CoIDH declaró la responsabilidad internacional de la República Argentina por la violación de distintos derechos de 132 comunidades indígenas que habitan 643 mil hectáreas en los ex lotes fiscales 55 y 14 (matrículas catastrales 175 y 5557), del departamento Rivadavia, en el Chaco salteño.

El tribunal internacional dispuso medidas de reparación: ordenó que "con la mayor celeridad posible y en un plazo máximo de seis años", el Estado argentino "concluya las acciones necesarias a fin de delimitar, demarcar y otorgar un título que reconozca la propiedad de las 132 comunidades indígenas sobre su territorio. El titulo debe ser único, es decir, uno para el conjunto de todas las comunidades y relativo a todo el territorio, sin perjuicio de los acuerdos de las comunidades sobre el uso del territorio común".

También ordenó que el Estado "Remueva del territorio indígena los alambrados y el ganado de pobladores criollos y concrete el traslado de la población criolla fuera de ese territorio, debiendo promover que ello sea voluntario, evitando desalojos compulsivos durante los primeros tres años".

Contacto

Registro ISSN - Propiedad Intelectual: Nº: RL-2025-11499155-APN-DNDA#MJ - Domicilio Legal: Intendente Beguiristain 146 - Sarandí (1872) - Buenos Aires - Argentina Teléfono/Fax: (+5411) 4204-3161/9513 - [email protected]

Edición Nro. 15739

 

Dirección

Propietario: Man Press S.A. - Director: Francisco Nicolás Fascetto © 2017 Copyright Diario Popular - Todos los derechos reservados