La Justicia Laboral dictó prohibición de todo contacto físico o digital del empresario con la denunciante, su reubicación dentro de la empresa y garantías de seguridad en el ámbito laboral y digital.
El Juzgado Nacional de 1ra Instancia del Trabajo N° 38 dictó la prohibición de contacto físico o digital de un empresario con una empleada que lo denunció por haberle enviado mensajes de contenido sexual explícito, al tiempo que ordenó que la víctima sea reubicada dentro de la firma y garantìas de seguridad en el ámbito laboral y digital.
El empresario acusado y a quien están dirigidas las medidas cautelares dictadas por la Justicia, es Esteban Ariel Safdie, presidente de Via Cotone Merchandising.
Cabe destacar que la empleada -cuya identidad se resguarda para preservar su intimidad- contó con el respaldo del Sindicato de Empleados de Comercio de la Capital Federal para accionar judicialmente.
En su fallo, el Juzgado del fuero laboral destacó la importancia de resguardar la dignidad, reputación e identidad de la trabajadora, en línea con la Ley 26.485 de Protección Integral de las Mujeres y la Ley 27.736, conocida como “Ley Olimpia”, que regula la violencia digital. La medida se dictó preventivamente ante la verosimilitud del derecho y el peligro en la demora.
La acción del sindicato permitió que la justicia dictara medidas preventivas inéditas, incluyendo la prohibición de cualquier acercamiento físico o digital de Safdie, la abstención de enviar mensajes o correos, y el traslado de la trabajadora a otra área de la empresa sin afectar sus funciones, salario ni jornada laboral.
El denunciado ocupa la presidencia de Via Cotone Merchandising y fue miembro fundador de la Cámara Argentina de Merchandising y Artículos Promocionales. Fue distinguido con distintos reconocimientos de la Asociación Argentina de Marketing, como los Premios Mercurio 2015, 2018 y 2020, y el Marketing Day 2019.
Nota: Esteban Ariel Safdie goza de la presunción de inocencia hasta tanto la Justicia dicte un fallo firme en su contra