Guillermo Silva recibió seis años de prisión por la agresión contra Mara Oviedo, ocurrida en mayo de 2017 en la villa 21-24 de Barracas. Se desestimó condenarlo por intento de femicidio. Por ahora no irá preso

En horas de la madrugada del 20 de mayo de 2017, Guillermo Silva se presentó en la casa de su ex pareja en la villa 21-24 del barrio porteño de Barracas, la despertó a los gritos e insultos, para luego pegarle varias trompadas, arrastrarla por el piso e intentar estrangularla, la intervención de familiares de la chica evitó la tragedia.

No obstante, ese mismo día, por la tarde, Mara Oviedo volvió a ser víctima de la violencia machista y recibió varios golpes en la cabeza, que la dejaron inconsciente. El agresor escapó y ella radicó la denuncia, pero tuvo que pasar más de un año para que lo procesaran y casi dos para que la causa llegara a juicio, en un debate que acaba de terminar, sin contemplar la figura de tentativa de femicidio.

El polémico fallo sólo lo condenó a seis años de prisión por el delito de "lesiones graves y leves" y a pesar de contemplar ciertos agravantes, el imputado continuará en libertad, hasta que la sentencia quede firme. Justicia a medias, que puede ser considerada, casi una injusticia.

Los integrantes del Tribunal Oral Criminal y Correccional Nro. 3 no tuvieron en cuenta la petición del fiscal general Ariel Yapur, quien, en su alegato, había solicitado una condena de 13 años para Silva (de 26 años), pero su pronunciamiento de que su accionar sea calificado como "una tentativa de femicidio", ya que los ataques cometidos contra Oviedo pudieron haber causado su muerte, resultaron desestimados. Esas dos agresiones recibieron la calificación de "lesiones leves" y "lesiones graves", agravadas doblemente por haber sido cometidas mediando violencia de género y por tratarse de una persona con la que ha mantenido una relación de pareja.

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Además, se decidió que siga libre hasta la sentencia quede firme, aunque se aguarda que, una vez conocidos los fundamentos que se difundirán este martes, se presenten las apelaciones.

"Lo seguiré cruzando todos los días en la calle. Esta sentencia no me repara nada, debo continuar trabajando en el barrio, llevando a mis hijos a la escuela y tengo una consigna policial que no está presente. Nada me garantiza que no me mate en un pasillo o en mi propia casa", sostuvo Mara Oviedo, tras la lectura del veredicto, en declaraciones al portal de La Garganta Poderosa.

De todas maneras, la joven (ya convertida en una referente social en la lucha contra la violencia de género en la Villa Zavaleta y alrededores) rescató que los jueces "tal vez si no veían la presencia de tantas mujeres acompañando en la puerta, pisándole los zapatos al patriarcado, esto no hubiera ocurrido. La sentencia fue por la polenta que tuvimos, el aguante, la contención. Es nuestra voz y nos vamos a hacer escuchar".

Pena de más del doble

Tras el debate, el fiscal Yapur manifestó en su alegato y al pedir una pena de más del doble de la que finalmente recibió el acusado, hizo hincapié en que luego del segundo ataque a golpes que sufrió la chica, Guillermo Silva "se retiró del domicilio, exclamando: la maté, la maté", debido a que la víctima padeció desmayos en medio de las agresiones.

Mara Oviedo radicó la denuncia ante la Oficina de Violencia Doméstica (OVD) de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y el posterior informe dio cuenta de la situación de riesgo a la que había sido expuesta "era media, pero que podría transformarse en alta, teniendo en cuenta la amenaza de muerte, la violencia en el ámbito público y la manipulación de su hija".

Según consigna el sitio Fiscales.gob.ar, "Silva fue procesado en junio de 2018 por los delitos de "lesiones dolosas leves, agravadas por haber sido cometido contra quien ha mantenido una relación de pareja y por mediar violencia de género en concurso real con lesiones dolosas graves por haber sido cometido contra quien ha mantenido una relación de pareja y por mediar violencia de género".

En su requerimiento de elevación a juicio, el fiscal Carlos Alberto Vasser había mantenido la misma descripción de los hechos que en el procesamiento, pero discrepó con la calificación otorgada por el juzgado, ya que consideró que se trató de una tentativa de femicidio.

En tanto, el fiscal Yapur mantuvo la calificación del primer ataque, pero modificó la del segundo como tentativa de femicidio agravado por el vínculo, por lo que solicitó una pena de trece años de reclusión, aunque el Tribunal decidió aplicarle solo seis y dejarlo en libertad.

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