Pese a la inquietud de los familiares de la víctima de que el dueño del boliche fuese enjuiciado por homicidio, la Justicia sobreseyó al empresario Atilio Amado. Indignación en la familia de la víctima.
El propietario del boliche “La Casona” de Lanús, donde un patovica mató a golpes al joven Martín Castelucci en 2006, fue sobreseído por la justicia. Los familiares de la víctima exigían que el empresario fuera sometido a juicio por el homicidio, sosteniendo que tuvo responsabilidad directa en el crimen dado que en el local bailable se contrataban boxeadores y expertos en artes marciales para los controles en el acceso, donde se desarrollaba un sistema de selección discriminatorio y absolutamente violento. Oscar Castellucci, padre de Martín y titular de la fundación que lleva su nombre, informó a DIARIO POPULAR que se trata de un fallo de la Sala Tercera de la Cámara de Apelaciones y Garantías de Lomas de Zamora, con las firmas de los magistrados Jorge Tristán Rodríguez y Tomás Bravo, que sobreseyó al empresario Atilio Amado con relación al homicidio del estudiante, por el que ya fue condenado a 11 años de prisión el patovica José Segundo Lienqueo Catalán. “Sustancialmente, lo que debía decidirse es si correspondía o no debatir en juicio la situación del empresario Atilio Francisco Amado en relación a este hecho, como expresamente lo habían solicitado la fiscal Marcela Ruiz y el Juzgado de Garantías Nº 6, a cargo del doctor Esteban Baccini. Ambos evaluaron que así debía ser porque, en principio, encontraron responsable a Amado, dueño y explotador de un local de baile de concurrencia de jóvenes que legalmente era el garante de su seguridad”, expresó Castelucci. Asimismo, indicó que se debía discutir la responsabilidad de Amado “por haber organizado su funcionamiento bajo un esquema que comprendía la discriminación en el acceso; la neutralización, también a golpes, de las reacciones que pudieran suscitarse, para lo que seleccionó controladores con conocimientos de artes marciales y/o boxeo y el aseguramiento de la no judicialización de los golpes que pudieran ocasionar esos controladores, para lo que operó con connivencia policial, tal como ya lo tuvo por probado el Tribunal Oral N°5 en el juicio donde se juzgó a Lienqueo Catalán” “El fallo reconoció la existencia de una sistemática discriminatoria en el ingreso y una permisión de golpes, ¿por qué entonces no dispuso el pase a juicio?”, se pregunto Castelucci, adelantando que apelarán la resolución.