“Lo quiero bien lejos, no lo quiero ni cerca de la Casa Rosada”. Esa fue la indicación que Alberto Fernández le dio a su entorno más íntimo. Se refería a Gregorio Dalbón, el polémico abogado que Cristina Fernández de Kirchner le sugirió que lo representara en la causa por la violación del artículo 205 del Código Penal por el festejo en plena cuarentena estricta del cumpleaños de Fabiola Yáñez, en julio del año pasado. Se abría así el capítulo final de una novela impensada: la de los abogados que representan al presidente ante la Justicia.
Todo comenzó cuando Fabiola y los demás involucrados en el escándalo de su cumpleaños del 2020 se presentaron ante la Justicia, pero el presidente no se presentó en ese momento. Al consultarle al jefe de Gabinete, respondió: “El presidente siempre está a disposición de la Justicia, pero no lo han citado”. Santiago Cafiero sólo dijo eso y sostuvo que el tema estaba terminado para el Gobierno. Lo hizo el viernes de la semana pasada.
Seis días más tarde, Alberto Fernández se presentó espontáneamente —algo que cualquier ciudadano puede hacer— ante Ramiro González, el fiscal federal que interviene en la causa. Pidió ser sobreseído y que se cierre la causa en su contra. Para que el juez Sebastián Casanello ponga fin al proceso penal, Fernández ofreció donar al Instituto Malbrán la mitad de su sueldo durante cuatro meses como “reparación” al daño causado por su conducta.
“Soy profesor de derecho penal. Por ahora, para decir lo que dije, no necesito un abogado”, señaló Alberto Fernández a su entorno más cercano cuando le preguntaron porqué había decidido no poner un abogado que lo patrocinara. Hasta el jueves por la tarde, se decía que Dalbón sería su representante. Pero el abogado acusó al fiscal González de ser “un coimero” y sostuvo que la opinión del juez Casanello le importaba “un huevo”. Suficiente. El presidente dio por terminada una relación cliente-abogado que no alcanzó a comenzar.
"Es verdad que se hicieron consultas a Dalbón, pero nunca se dijo que iba a ser su abogado”, dijeron voceros del presidente. Y confirmaron que Fernández se representará a si mismo en esta causa. A pesar de estar inhibido para ejercer la profesión por ser algo incompatible con su función de Presidente de la Nación, Alberto Fernández puede —como cualquier ciudadano— representarse a sí mismo ante la Justicia. Y así dijo que lo hará.
Por su parte, Dalbón -quien varias veces se refirió públicamente a la estrategia judicial del presidente- sostuvo que se "consensuó" que Alberto Fernández "se presentara solo" en la causa donde quedó denunciado. E insistió en atacar al fiscal González. “Yo se quiénes son los operadores que le llevan y le traen la plata”, dijo. Y añadió: “En Comodoro Py o vas con la valija o vas con el apriete y Alberto Fernández no usa ni la plata ni el apriete. Que venga el fiscal a ver si se la banca”.
Fue precisamente el tenor de esas declaraciones, lo que hizo que Alberto Fernández decidiera suspender la idea que en algún momento tuvo de que fuera Dalbón quien lo representara. Y también desistió de implementar la estrategia que el abogado sugerido por Cristina le había propuesto. Porque, según fuentes muy cercanas al presidente, la idea de “reparar” el daño con una donación parcial de su sueldo durante cuatro meses, había sido de Dalbón. Sin embargo, si no hubo delito —tal como asegura el presidente—resulta por lo menos contradictorio tratar de reparar un daño que no se cometió. El argumento resulta bastante inconsistente, según varios abogados que le hicieron llegar su opinión a Alberto.
Así fue que el presidente decidió volver al plan inicial. Llamó a Juan Pablo Fioribello, el abogado de Fabiola Yáñez en esta causa, y le dijo que retomarán la idea original: se basarán en el dictamen del mismo fiscal Ramiro González en la causa que se inició el año pasado contra Facundo Moyano, entonces diputado nacional.
El 10 de junio del 2020, el hijo de Hugo Moyano hizo una reunión en el penthouse que alquilaba en ese entonces en el edificio Forum de Puerto Madero. Ese miércoles por la noche, Facundo y su novia, la modelo Eva Bargiela, invitaron a otros cinco amigos y los recibieron con comida que les llevó el delivery, con tragos y música. La reunión se extendió hasta las 2.30 de la mañana en plena semana y en plena vigencia de la cuarentena estricta.
El mediático empresario Luciano Garbellano, quien era uno de los vecinos de Moyano, molesto por los ruidos y preocupado por la violación al decreto de aislamiento, los denunció en la justicia. Pero el fiscal González —el mismo que interviene en la causa del cumpleaños de Fabiola—, los sobreseyó.
“Considero que el comportamiento de Facundo Moyano y su novia no guarda ninguna relevancia a los fines del bien jurídico protegido y no se advierte de qué manera podría verse afectada la antijuridicidad material. Ello, amén de que continuar la investigación resulta un dispendio jurisdiccional y de recursos innecesarios, tanto del Ministerio Público Fiscal de la Nación, del Poder Judicial de la Nación, como del resto de los actores de un proceso penal como los auxiliares de la justicia y las fuerzas de seguridad. Esto es conteste con una conclusión que pase por el tamiz de la razonabilidad y de un derecho penal de ultima ratio”, escribió González en el dictamen que tiene fecha del 11 de febrero de este año, 7 meses después de que ocurriera la reunión en el penthouse que en ese entonces alquilaba Facundo Moyano, quien luego de los reclamos de sus vecinos se mudó de ese departamento de Puerto Madero.
Si hubiera decidido que había mérito para iniciar una acción penal en contra de Facundo Moyano, el fiscal debería haber tenido en cuenta el artículo 205 del Código Penal, que establecen entre 6 meses y dos años de prisión para quien “violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una pandemia”. Lo que se busca es proteger la salud pública, evitando que el virus se propague.
Sin embargo, el fiscal Ramiro González consideró que “no existen elementos probatorios que acrediten que las personas que visitaron el domicilio de Moyano hayan estado afectadas por el virus SARSCOV-2, lo hayan transmitido o hayan cursado la enfermedad COVID-19”. Y por eso, decidió sobreseerlos.
En la Rosada ya se ilusionan con que en esta oportunidad aplicará el mismo criterio, que los invitados que ingresaron a la quinta presidencial de Olivos no estaban contagiados ni propagaron el virus, y entonces, desestimará iniciar acciones penales contra los invitados, la primera dama y el presidente Alberto Fernández, que curiosamente fue quien dictó la norma que él mismo infringió.