Roberto Durrieu tiene la experiencia suficiente como para calificar de "erróneo" el fallo de los camaristas Piombo y Sal Llargués. Vinculan su decisión en una vertiente "abolicionista" que influencia el Derecho Penal en los últimos años.
El fallo de los camaristas Piombo y Sal Llargués que redujo la condena a un violador porque la víctima, de 6 años, "era gay y había sido abusado anteriormente" sigue generando rechazos.

Para el penalista Roberto Durrieu, ex presidente del Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires y actual profesor titular consulto de la Universidad Católica Argentina, el argumento planteado por los jueces es "erróneo" porque trata al menor como un "objeto" en lugar de una persona y vincula esa postura a una teoría "abolicionista" que influencia el Derecho Penal argentino desde hace años.

-¿Qué opina del fallo de los camaristas Horacio Piombo y Benjamín Sal Llargués que redujo la condena de un violador porque la víctima supuestamente había sido abusada?


No lo comparto, por supuesto. El argumento que utilizan fue explicitado muy brevemente en el fallo. Pero basta con que lo digan para descubrir un grave error de concepción: consideran que el ser humano que es lastimado no puede ser recuperado. Plantean que sería como que un vaso se rompiera. Pero el ser humano no es así. Aún cuando fuera cierto que este chico hubiese sido abusado, porque es muy dudoso y parece basarse sólo en la mención del imputado, el chico obviamente puede cambiar. Y las reacciones en los temas sexuales se modifican permanentemente. de manera que están profundamente equivocados. Además de la perversión de sostener que un chico de 6 años tiene definida su sexualidad.

-Claro, se trata de un niño.

A esa edad no saben lo que quieren. Por algo a los 6 años se lo considera un absoluto inimputable: no está en condiciones de valorar las circunstancias de modo, tiempo y lugar en la que ocurren los sucesos.

-Piombo alegó que lo que hicieron en el fallo es denegar la agravatoria de "gravemente ultrajante" por lo que le sucedió antes al niño. ¿En qué casos Casación revocar un agravante?

La verdad es que en su momento no fue legislada de buena manera esa figura penal de "gravemente ultrajante". Parte de un supuesto cierto que es que todo abuso sexual es ultrajante. Gravemente quiere de decir que hay un plus de gravedad en el abuso. Y esto es lo que argumentan los camaristas. Pero el abuso sexual de por sí es ultrajante y deforma la percepción de la libido. Ahora se plantea en forma riesgosa que este chico quedó marcado sexualmente a los 6 años irremediablemente, algo que no esta abonado por ningún estudio psicológico ni jurídico. Este tema se ha discutido ya en los años '50 en la Cámara del Crimen: había un juez, Ernesto Ure, que analizó el asunto porque se planteaba la duda sobre si podía ser corrompido lo ya corrompido. Entonces ellos dijeron que sí al sostener en un caso que lo habían corrompido pero la afirmación de la corrupción fue la imposibilidad de reacción inmediata del rescate del ser humano.

-Tampoco se explica cómo decidieron bajarle la pena de 6 a 3 años a un abusador sin tener en cuenta la alta reincidencia de este tipo de delincuentes.

Sí, a tres años y dos meses, quiere decir que algún tiempo detenido debió haber estado seguramente bajo prisión preventiva. Pero si le hubieran mantenido la pena sería lo mismo porque hay que reeducarlos suponiendo que se pueda rehabilitar a este tipo de personajes. Creo que sí se puede, pero no sé si tenemos los medios ni las cárceles para ello. de todas maneras, si se le da más tiempo el proceso de rehabilitación se puede extender. Se lo larga a la calle antes y es pernicioso.

-Ahora la familia de la víctima puede apelar el fallo.

Puede interponer un recurso ante la Suprema Corte bonaerense. Vamos a ver si lo abren, pero es razonable que lo hagan porque esto ha sido un escándalo forense.

-Se reinició la etapa de juicio político contra Piombo originado por un fallo en el que benefició a un pastor abusador argumentando que las víctimas tenían sexo a temprana edad por su condición social.


Indudablemente Piombo tiene una concepción que no comparto. A Sal Llargués no lo conozco pero a él sí. Es un hombre que ha estudiado mucho el Derecho Internacional, donde es reconocido en su solvencia jurídica en Internacional público y privado. Pero en el Derecho Penal aplicable a los menores es un espanto. La concepción que tiene es dañosa para la sociedad y estriba en sostener que el ser humano no tiene regreso una vez que ha sido víctima de un delito sexual, que va a condicionar toda su vida posterior. Esto no es así porque considera como un objeto al ser humano y siempre se puede salir de esa situación.

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"Tienen posición zaffaroniana"


¿Conceptualmente tampoco entiende la postura adoptada por los camaristas Piombo y Sal Llargués?


No sé si estos jueces han sido influenciados pero me parece que esto que ha pasado tiene mucho que ver con la posición zaffaroniana (del ex ministro de la Corte Suprema Eugenio Zaffaroni) por la que hemos estado infectados durante los últimos años. La misma que promueve una postura abolicionista no sólo desde la derogación de las sanciones, sino también que aboga por el perdón para todo el mundo para que no le sean aplicables las penas que correspondan. Como al país se lo ha infectado, por más que uno diga que no tiene esa tendencia termina aceptando esa posición al final.

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"“El nuevo Código es peligroso para la independencia”



-¿Qué opina del nuevo Código Procesal Penal?

Tiene falencias pero el problema más grave es el poder que le transfieren a los fiscales y a la Procuración General, ya que en el orden federal podrían dominar la instrucción de los expedientes. Esto es lo que corresponde tratar de evitar pero parece que va a ser sancionado. Ojalá la próxima composición del Congreso medite sobre esto porque a los jueces no se les debe sacar la potestad última de resolver. Es peligroso para la independencia judicial.

-El oficialismo sostiene que agilizará la instrucción de las causas.

La forma de agilizar los procesos es que haya más jueces y fiscales que se ocupen de las investigaciones. Cuando sancionaron el Código Procesal vigente en 1992 por la insistencia de Arslanián, denuncié desde el Colegio de Abogados que la cantidad de tribunales que se estaban creando no alcanzarían para atender los procesos. Y que corríamos el peligro que al haber mucho trabajo en los juzgados de juicio no puedan ocuparse seriamente.

-También se cuestiona al nuevo Código porque acortaría los plazos para causas por corrupción.


Y eso también puede pasar. Es indispensable que haya una cantidad suficiente de tribunales y jueces independientes que se puedan ocupar de los procesos. Lo otro es un aditamento. Por eso hay que ponerse los pantalones y poner la plata para crear nuevos tribunales.

-El titular de la Corte Suprema, Ricardo Lorenzetti, abogó por más recursos pero desde el Gobierno lo cuestionaron.


Sí, claro, y no se los han dado. Salvo que pudieran tener cierta influencia, pero entonces crearíamos tribunales que dependerían del Poder Ejecutivo. Este gobierno ha sido pernicioso contra la garantía constitucional de la independencia y ecuanimidad de los jueces.