Según se anunció oficialmente, se elevan los montos para reportar todo tipo de compras, depósitos y transferencias en bancos, tarjetas y billeteras virtuales.
Según se anunció oficialmente, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) elevará a partir este viernes 23 de mayo los montos a partir de los cuales los bancos y las billeteras virtuales deben informar las transferencias, transacciones, consumos e inversiones que realicen sus clientes.
Esta medida es parte de los anuncios efectuados por el Gobierno nacional con la intención de reducir la carga administrativa de las personas que operan dentro de la economía formal.
El titular de ARCA, Juan Pazo, explicó durante el anuncio en Casa Rosada que la intención es simplificar el sistema, eliminar controles considerados innecesarios y actualizar los montos mínimos mensuales de reporte para alinearlos con estándares internacionales.
De esta forma, los montos no representan prohibiciones de movimientos, pero sí un piso por el cual ARCA recibe de manera automática un alerta de parte de comercios y bancos, y puede pedir a partir de esa información que el contribuyente demuestre el origen de los mismo.
Las compras de hasta $10 millones ya no requerirán identificación del comprador, sin importar el medio de pago (EFE). Con la actualización, el nuevo mínimo se eleva a $50.000.000 para personas humanas y $30.000.000 para personas jurídicas.
Mientras que también se modificó el régimen de extracciones en efectivo de los cajeros automáticos. Hasta la fecha, se reportaba cualquier extracción, sin importar el monto. Mientras que ahora sólo deberán informarse las extracciones superiores a $10.000.000.
En referencia a los saldos bancarios al final del mes, el mínimo también se incrementó. El nuevo piso pasa a ser de $50.000.000 para personas humanas y $30.000.000 para personas jurídicas. Previamente, el umbral oscilaba entre $700.000 y $1.000.000, dependiendo del tipo de entidad.
Con respecto a los plazos fijos, las entidades debían reportar las colocaciones superiores a $1.000.000, y ahora sólo deberán informarse los depósitos mayores a $100.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para personas jurídicas.
Mientas que con las transferencias y acreditaciones en billeteras virtuales, el nuevo piso sube de $2.000.000 a $50.000.000 para personas humanas y $30.000.000 para personas jurídicas.
El régimen sobre tenencias de instrumentos financieros como bonos y acciones en Alycs (Agentes de Liquidación y Compensación) también subió.
Hasta ahora, se informaban todas las operaciones sin importar el monto y de aquí en más sólo deberán reportarse las tenencias superiores a $100.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para personas jurídicas.
ARCA actualizó los límites para las compras como consumidor final. Hasta ahora, las personas que realizaban compras en efectivo por más de $250.000 o con otros medios de pago por $400.000 debían identificarse y presentar su documento. El nuevo piso establece en $10.000.000 para cualquier medio de pago.
También hay cambios con respecto al régimen informativo para compras con tarjeta de débito, crédito y billeteras virtuales para consumos personales. Desde ahora las administradoras no se van a informar más, por lo que el monto de los consumos personales va a estar resguardado como toda información privada.
El régimen informativo de pago de expensas (actualmente informaba a partir de 32 mil pesos). A partir de ahora, las administradoras de consorcios no deberán reportar más el pago de expensas a ARCA. Código Oferta de Transferencia de Inmuebles (COTI). A partir de ahora, el vendedor de una propiedad o el agente inmobiliario no deberá reportar más a ARCA cuando ponga la propiedad a la venta
El régimen de consumos relevantes de electricidad, agua, gas y telefonía. A partir de ahora, los proveedores de servicios públicos y telefonía, no deberán reportar más a ARCA dichos consumos. Además, se prohibirá a los bancos solicitar Declaraciones Jurados (DDJJ) de impuestos nacionales, pudiendo las personas negarse y acudir a Defensa del Consumidor si fuera necesario.
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